El camino para el regreso de las cajas de crédito quedó despejado ayer cuando el Banco Central (BCRA), que preside Alfonso Prat-Gay, difundió la reglamentación de la ley 25.882 (que reformó la de entidades financieras para permitir la reapertura de este tipo de entidades), que aprobó anteayer el directorio del ente monetario.
Según lo dispuesto por la norma, las cajas de crédito deben operar con casa única y exclusivamente con sus asociados, los que deben suscribir un capital social mínimo de $ 200 y hallarse radicados en el partido correspondiente a la entidad. A su vez, se estableció, además, que podrán conceder créditos y otras financiaciones a corto y mediano plazo, destinados a pequeñas y medianas empresas urbanas y rurales (incluso unipersonales), así como a particulares y entidades de bien público en sus distritos. También estipula que sólo podrán captar plazos fijos, de sus asociados, de hasta 12.000 pesos.
La norma, en cuya redacción trabajó el vicepresidente del BCRA, Pedro Lacoste, apunta a que las mutuales y cooperativas que ya realizan intermediación financiera (que son numerosas) se conviertan en cajas de crédito y acepten operar con la supervisión del BCRA, algo que hasta ahora evitaron.
El ente monetario destacó que la iniciativa procura la existencia de una oferta de servicios financieros adecuados a la población, incluyendo el crédito al sector privado en cantidad y calidad" y no dudó en vaticinar que la regeneración de las cajas de crédito, cuya actividad fue abolida por una norma de la última dictadura militar, "permitirá mejorar la cobertura geográfica".
Qué se definió
Los criterios definidos en la reglamentación son los siguientes: