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¿Cómo sería el nuevo sistema?

Política

Los puntos centrales del proyecto de ley

 
 

El proyecto que buscará debatir la oposición contiene una serie de modificaciones al Código Electoral (ley 19.945). Las características de la boleta única figuran en el artículo 6 de la propuesta.

A continuación, sus principales disposiciones:

- Se confeccionará una Boleta Única de Sufragio para cada categoría de cargo electivo: una para presidente y vicepresidente, otra para senadores nacionales y otra para diputados nacionales

- La boleta estará dividida en espacios de igual dimensión para cada partido, alianza o confederación política .Esas franjas contendrán:

1) El nombre del partido, alianza o confederación política;

2) La sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo que la agrupación política haya solicitado utilizar al momento de registrar su lista;

3) Fotografía color del candidato a presidente, cuando se elija dicho cargo;

4) El nombre y apellido completos de los primeros tres candidatos titulares a diputados nacionales o dos en caso de tratarse de elección a senadores nacionales;

5) Un casillero en blanco, en el margen superior derecho del espacio de cada una de las agrupaciones políticas para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos.

- En todos los casos, las listas completas de candidatos con sus respectivos suplentes serán publicadas en el afiche de exhibición obligatoria.

- El orden de ubicación en la sección correspondiente de las listas de candidatos deberá determinarse mediante sorteo público. Las listas de candidatos se ubicarán de forma progresiva de acuerdo al número de sorteo.

- Las boletas únicas deberán medir al menos 21, 59 cm. de ancho y 35, 56 cm. de alto.

- Los espacios en cada boleta deberán distribuirse de manera homogénea entre las distintas listas de acuerdo con las figuras que los identifican. Estos símbolos deberán ser idénticos en tamaño, forma y tipografía.

- En cada boleta, del lado derecho del número de orden asignado se ubicarán el símbolo partidario y la denominación utilizada en el proceso electoral.

- Para facilitar el voto de personas ciegas se confeccionarán plantillas facsímiles de cada boleta en material transparente y alfabeto Braille, que llevarán una ranura en el lugar destinado al casillero para ejercer la opción electoral..

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