Una vez más la opinión pública mundial se ha visto conmovida por el caso de una persona que se encuentra en estado vegetativo y respecto de la cual se plantea la opción extrema de desconectar o no los mecanismos técnicos que ayudan a mantenerla con vida.
La enferma que se encuentra en esa situación es Terry Schiavo, de 41 años. Permanece en Miami en estado vegetativo desde hace 15 años, y es alimentada mediante un tubo alimentario. El sistema técnico que la mantiene viva ya fue desconectado dos veces: en 2001, durante dos días; en 2003, durante seis. El 18 de marzo último fue nuevamente desconectado por orden judicial.
La decisión de desconectar esos mecanismos ha sido solicitada por el esposo de la enferma -un hombre que ha vuelto a contraer matrimonio- y es resistida por los padres de Terry Schiavo, quienes sostienen que su estado vegetativo no es permanente. Afirman los padres, en efecto, que la enferma presenta signos de vida y que, aparentemente, mueve los ojos, sonríe, reconoce. Los médicos, por su parte, atribuyen esos movimientos a simples reflejos.
Se ha planteado un intenso debate entre los partidarios de mantener a Terry con vida y quienes entienden que en estos casos dolorosos lo mejor para el paciente es ser desconectado. Mientras crece esa dramática discusión, se ha sancionado una ley que impide la desconexión y abre la posibilidad de un recurso federal para volver a conectar a la enferma.
Más allá de las implicancias legales de esta última gestión, se estima que Terry morirá dentro de pocos días si no se le vuelve a conectar el tubo alimentario. El ex marido asegura que ella le había manifestado que no deseaba vivir alimentada por medios mecánicos, pero los padres aseguran que la enferma se comunica con ellos y ofrecen hacerse cargo íntegramente de la atención de su hija.
El caso -aunque diferente- recuerda el de Karen Quinlan, una mujer de 21 años que en una fiesta había tomado valium, librium y barbitúricos, junto con altas cantidades de alcohol. Karen perdió el conocimiento y sufrió una apnea de 30 minutos, que le produjo un coma vegetativo. Sus padres adoptivos solicitaron la desconexión de la ventilación asistida y los médicos se negaron. Se entabló un proceso cuyo veredicto fue favorable a los padres. Después de desconectada, Karen vivió 10 años más.
Un conflicto casi idéntico al del caso Schiavo es el que fue resuelto el mes último por la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires. Nos referimos al que originó el expediente "S. M. de C.", en el cual se planteó la situación de una mujer de 38 años, alimentada e hidratada por medios artificiales. Se trata de una paciente que está en buen estado físico y estético, respira por sus propios medios, está a menudo despierta y en ocasiones manifiesta algún brillo en la mirada, parpadea, tose y hace gestos con la cara. Su alimentación e hidratación le son suministradas por medio de una sonda gástrica colocada en el estómago.
También en este caso, dirimido ante la justicia bonaerense, es el marido el que pide la desconexión y son los padres y el hermano quienes se oponen. La Corte provincial se inclinó en favor del mantenimiento de la vida por todos los medios y negó el permiso para la desconexión.
Los moralistas distinguen entre medios ordinarios y medios extraordinarios de mantenimiento de la vida. Las técnicas médicas que se utilizan habitualmente son consideradas, en su mayor parte, medios ordinarios, sobre todo cuando se refieren a la alimentación del paciente y no involucran ni dolor ni artificialidad excesiva.
Hay que tener en cuenta que si se extrema el concepto, todo es artificial, hasta una operación de apendicitis. La regla aceptada impone la obligación de conservar la vida mientras sea posible y desecha, en principio, la idea de acortarla.
Desde el punto de vista jurídico, no hay en nuestro derecho otras normas que las que defienden la vida humana. Los jueces analizan en cada caso si existen manifestaciones de voluntad de la persona enferma que autoricen una decisión extrema de desconectarla. Se considera que una decisión de tal naturaleza es personalísima e indelegable. Se trata, nada más y nada menos, de resolver sobre la propia vida.
En casos como el de Terry y el de la Corte provincial argentina, en los cuales la vida humana depende de la alimentación que recibe el enfermo, la sensibilidad no puede dejar de recordar las ancestrales normas que ordenan "dar de comer al hambriento y de beber al sediento". Por supuesto, más allá de ese principio rector, lo que debe prevalecer es un criterio fundamental de humanidad, que exige analizar las circunstancias de cada caso en particular. Y eso es lo que deben hacer los jueces.