En Mar del Plata
Una Cámara respaldó el fallo de la jueza que autorizó un aborto
Era por una adolescente de 14 años violada por su padrastro
MAR DEL PLATA.- En una resolución amplia, contundente y unánime, la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Criminal respaldó en todos sus términos el fallo de una jueza de menores que hace una semana autorizó a una adolescente de 14 años a interrumpir su embarazo, producto de una violación por parte de su padrastro.
La asesora de menores Silvia Fernández, que representa al bebe en gestación, y la Fiscalía General apelarán esta sentencia ante la Suprema Corte bonaerense.
Los camaristas Roberto Loustaunau, Ricardo Monterisi y Nélida Zampini avalaron para este caso en particular la práctica del aborto terapéutico, ratificaron la constitucionalidad del artículo 86 del Código Civil, que prevé esta alternativa, y advirtieron que la continuidad del embarazo originado en una violación "profundizaría la fragilidad del estado de la menor, exponiendo su salud a serios peligros".
La jueza de Menores Silvina Darmandrail, que autorizó el aborto en primera instancia, ya había resaltado que intentó preservar la salud de la víctima. En el fallo advirtió que al obligar a la menor a dar a luz a este bebe "se la expone a una patología psiquiátrica severa e irreversible".
El obispo de Mar del Plata, monseñor José Puíggari, ayer dijo al respecto que "por trágicas que sean las circunstancias debemos recordar que ningún mal será jamás solucionado adecuadamente echando mano a un mal mayor".
La causa atiende el abuso sexual del que fue víctima una adolescente de 14 años. El imputado es su padrastro, pareja de su madre biológica durante casi nueve años, de quien se desconoce su actual paradero.
Los camaristas rechazaron de manera unánime el recurso. Uno de los temas refería a si compete a la Justicia autorizar a un médico a interrumpir un embarazo, tema que sí abrió una divergencia de criterios entre los jueces. Loustaunau recuerda que los profesionales sufren el temor a ser demandados. Y se pregunta con qué criterio se les puede pedir que practiquen sin diligencia judicial un aborto por el que "luego veremos si los condenamos o no penalmente". "No son exigibles las conductas heroicas", destaca.
Pero Zampini aclara que los médicos deben asumir que la suya es una actividad de riesgo: "Si el facultativo duda, podrá requerir al Comité de Etica del nosocomio". Y advierte que éste es un caso que "nunca debió llegar a la Justicia", porque el artículo 86 del Código Civil "no exige autorización judicial alguna".
También afirma que aquí no se está autorizando un aborto voluntario y que considerar que el aborto no punible no pueda ser llevado a cabo implicaría que otras jóvenes en igual situación "no denuncien el delito y concurran a lugares clandestinos al efecto de concretar el aborto". .
Por Darío PalavecinoCorresponsal en Mar del Plata
