Editorial II
Situación de los menores internados
Un fallo de la Cámara de Casación Penal de la Nación, que se conoció en diciembre último, ha vuelto a exponer ante la opinión pública el tema de los menores internados. Por el mencionado fallo, la Justicia ordenó que en un plazo máximo de 90 días los chicos menores de 16 años que están privados de su libertad en el instituto porteño San Martín, acusados de delitos penales, sean liberados progresivamente para que regresen con sus familias y sean reinsertados en la sociedad mediante planes individuales de seguimiento y contención.
Esta situación no es nueva; por el contrario, era uno de los aspectos más importantes que habían señalado los expertos en el tema, al referirse a la ley 26.601, de protección integral de los derechos de la minoridad, sancionada a fines de 2005 -reemplazó a la ley del patronato de menores, que databa de 1919-, en el sentido de que esta normativa era sólo un norte, ya que sin una clara conciencia social y voluntad política de atacar el problema de raíz, no se lograría nada más que tener una norma declamatoria más.
Es por ello que, además del fallo, los jueces Angela Ledesma, Guillermo Tragant y Eduardo Riggi, de la Sala III de la Cámara de Casación Penal de la Nación, han exhortado al Congreso a que en un plazo de no menos de un año apruebe una ley penal de menores que esté adecuada a la Constitución y a los tratados internacionales que prohíben la detención de menores para su protección, lo cual vendría a contemplar la situación señalada. Como lo destacó este diario oportunamente, esta resolución judicial es muy importante porque declara la inconstitucionalidad del artículo 1° de la actual ley penal de menores, que en realidad no es sino un decreto ley del gobierno militar de 1980. En su fallo, los camaristas dijeron: "Nos encontramos frente a menores que no son punibles, circunstancia que demuestra concretamente la ilegitimidad de cualquier medida de encierro".
La reciente decisión (que ha sido apelada por el fiscal Raúl Plée) sirve para recordar una vez más a la opinión pública que existe este vacío legal por el cual los menores de 16 años y mayores de 14 acusados de cometer delitos no son punibles, pero terminan siendo privados de libertad sin ningún tipo de proceso.
El fallo judicial obedeció a un recurso de hábeas corpus colectivo que presentó la Fundación Sur Argentina en favor de los menores de 16 años detenidos en el Instituto San Martín. Por eso, también, el tribunal convocó además a los magistrados de menores, a las ONG que trabajan en el tema, a la Defensoría General de la Nación y a los organismos nacionales y de la ciudad para reunirse en una mesa de diálogo en la que se analice cómo aplicar la normativa vigente, y los citó para el próximo 18 de marzo a una audiencia en la que deberán comunicar los avances que realizaron.
Según un relevamiento que data de octubre de este año, a dos años de la sanción de la ley de protección integral de los derechos de la minoridad, hay todavía en el país casi 20.000 niñas, niños y adolescentes alojados en varias instituciones y privados de su libertad; hay, incluso, menores detenidos en comisarías, lo cual es inadmisible. De este número, un 12,1 por ciento está internado por causas penales. Estos datos son más que suficientes para movilizar a todos los sectores que están involucrados con el tema, como han sabido exigirlo los jueces Ledesma, Tragant y Riggi.
Cabría señalar que, por supuesto, esa protección no debería ser masiva e indiscriminada. Los casos adscribibles al porcentaje minoritario de menores de entre 14 y 16 años sometidos a causas penales tendrían que ser revisados uno por uno, a fin de determinar la peligrosidad de los imputados y si están en condiciones de reintegrarse al seno de la sociedad, sin peligro para ellos o para sus semejantes.
Es de esperar entonces que no sea necesario que el Poder Judicial se vea otra vez en la necesidad de reclamarle al Legislativo algo que hace al futuro de muchos niños y adolescentes de la Argentina, que ven cómo se les arrebata, por desidia y desinterés, el tiempo de vivir de una manera digna y acorde con su edad y sus ilusiones. .
