Planes. Estímulos para generar ocupación
Beneficios para empleadores
Las normas vigentes prevén ventajas para los empleadores que contraten a personas con restriccióones físicas. Uno de los beneficios es el derecho a computar, como una deducción especial para el cálculo del impuesto a las ganancias, un monto equivalente al 70% de las retribuciones pagadas a estos trabajadores.
El sistema laboral también contempla una reducción del 50% en las contribuciones a la seguridad social por un año, para los empleadores que ofrezcan contratos efectivos a personas con discapacidad. El beneficio no tiene límite temporal si se trata de personas que se desarrollan en talleres protegidos de producción.
Por otra parte, el Ministerio de Trabajo dictó una resolución por la cual el Estado paga directamente a los trabajadores $ 150 mensuales, durante 9 meses. Esa suma podrá ser contada para el cumplimiento del salario de convenio. Los subsidios se entregan con la condición de que la firma incremente su dotación con el nuevo contrato, que no puede ser temporal. El régimen prevé la opción de que la empresa tome a la persona por un período inicial de un mes para el entrenamiento, sin pagar cargas sociales.
Además, varias provincias ofrecen la posibilidad de deducir entre el 40 y el 50% de las remuneraciones en el pago de ingresos brutos. En Santa Fe, esa posibilidad se extiende al 100% de los sueldos pagados, según comentó a LA NACION Carlos Jordán, coordinador de la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, del Ministerio de Trabajo.
Desde esa dependencia se ofrecen servicios para tratar de acercar a las personas con problemas físicos al mundo laboral. Por medio de la Oficina de Empleo se reciben presentaciones de trabajadores interesados, que deben llamar por el 4310-5878.
Las empresas que quieran entrevistar a personas para contratarlas pueden comunicarse por el 4310-5891 o completar un formulario que se puede encontrar en www.trabajo.gov.ar o escribir a discapacidad@trabajo.gov.ar
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