Cien años atrás
Ecos del día - Los jueces de paz - La impropiamente titulada justicia de menor cuantía, es una de las instituciones que menos sirven para acreditar nuestro desarrollo progresivo. Porque ni los jueces rurales ni los urbanos de barrio, son hoy mejores que los de antaño, salvo excepciones también contadas entonces,-pero ni siquiera se han modificado los procedimientos habituales de la generalidad de tan modestos tribunales de vecindario.
Claro está que, en tal ramo de la pública administración, como en tantos otros, no escasean las leyes orgánicas y de enjuiciamiento; pero la perfección de las sanciones legislativas, suele estar en relación inversa con su viabilidad y ventajas en el terreno positivo. Sin embargo, y así como hay municipalidades de campaña que hacen pensar en la excelencia de la ley orgánica de las comunas rurales, del mismo modo puede citarse el ejemplo de algunos jueces que, sin mayor conocimiento de los modos legales de proceder, administran justicia tan bien y rectamente como los magistrados del algunos países europeos (...) Quiere decir, pues, que en materia de justicia de paz, menos falta hay de leyes y reglamentos que buen ojo en la formación de las ternas de candidatos (...) El tribunal superior debe aventar todas las recomendaciones de los caudillos de barrios, y formar las ternas metropolitanas para el año entrante, con vecinos conocidos, probos y respetables, con ánimo dispuesto á consagrar algo de su tiempo en obsequio á los intereses de los vecindarios. Nos asiste la convicción de que mejorando el personal de los resortes de cada poder público, hemos de llegar hasta reconocer que nuestras viejas instituciones y nuestras leyes en desuso, son mejores de lo que nos parecen. A la obra, pues.