Una editorial debe indemnizar a Chilavert por daño moral
Al rechazar el recurso presentado por la editorial La Urraca, la Corte Suprema de Justicia confirmó un fallo favorable al ex arquero de Vélez Sarsfield José Luis Félix Chilavert, en un juicio por calumnias e injurias que el guardavallas paraguayo inició a la desaparecida revista Humor.
El pronunciamiento del alto tribunal, acordado por unanimidad el 10 de abril último, ratifica el resarcimiento de 10.000 pesos por "daño moral" que había fijado en la instancia anterior -hace dos años- la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial.
La causa se inició a raíz de un artículo aparecido en la publicación el 20 de septiembre de 1995, titulado "Chilavert nunca dice lo que dice".
El arquero había calificado como "deshonestos" a los integrantes del Círculo de Periodistas Deportivos -del que el autor del artículo, José María Suárez (Walter Clos), forma parte- a raíz de la adjudicación del premio Olimpia de 1994 a otro futbolista, informó Télam.
En 1994, cuando jugaba en Vélez Sarsfield, Chilavert se consideraba el mejor futbolista del país y criticó a los periodistas deportivos por no haberlo elegido. En sede penal, el arquero se retractó del calificativo aplicado a los periodistas deportivos, pero demandó por "calumnias e injurias" a Humor y a Suárez, que en la nota emplearon adjetivos que consideró "agraviantes". La indemnización deberá ser pagada por la empresa Ediciones de la Urraca -que entró hace unos años en proceso de quiebra- y el periodista Suárez.
El artículo de la polémica
En el artículo se decía que el jugador "hasta se da el gusto (el mal gusto sería lo correcto) de decir luego que no dijo lo que dijo, cuando teme que lo que dijo le produzca una molestia a su estúpido ego de creerse superior a los demás... Se me ocurre que es medio paparulo en cuanto a la elección de abogados...", sostuvo Suárez en la nota, que luego provocó la denuncia en sede judicial.
El procurador Felipe Obarrio aconsejó rechazar el recurso interpuesto ante la Corte por el periodista y la revista, por entender que "intenta llevar la cuestión más allá de los términos en que quedó trabada la litis, pues pretende que se la ubique en el marco de un debate que habría iniciado el actor al calificar de deshonestos a los periodistas deportivos".
El funcionario descartó considerar la doctrina de la "real malicia", ya que ello "presupone la existencia de una información objetivamente falsa, y no protege los abusos de expresión que impliquen agravios o injurias".
"Las afirmaciones de la nota publicada en la revista Humor refieren la opinión personal del autor del artículo respecto de actitudes del jugador, resultando extrañas a todo juicio sobre su veracidad" e "implican un agravio y trasuntan un ánimo injurioso", añadió.
En su fallo de abril de 2001 -confirmado ahora por la Corte Suprema-, la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial había afirmado que "la prensa no goza de impunidad sino de seguridad por la función que desempeña". Por entonces, el demandante reclamaba 200.000 pesos en concepto de indemnización.