Actualización de multas tributarias: qué efectos tendría
-¿Qué es la unidad de valor tributario (UVT)?
-La reforma tributaria incorpora una unidad de medida, utilizada también en otros países con inflación, para actualizar los valores de todas las leyes tributarias que fijen cuantías o parámetros monetarios (importes fijos, impuestos mínimos, escalas, sanciones). Es un método de actualización automática anual, por el que se busca evitar futuras modificaciones legales con motivo de la pérdida del valor de la moneda. El sistema comenzaría a regir en enero de 2019: el Poder Ejecutivo deberá enviar un nuevo proyecto al Congreso antes del 15/09/18 para establecer el valor de cada UVT. Luego, ese valor se actualizaría anualmente según el índice de precios al consumidor que publica el Indec.
-¿Cómo se aplicaría este método a las multas tributarias?
-Las multas hoy en día no se actualizan. De aprobarse su cómputo en UVT, al infractor tributario se le recalcularían las multas al momento de su pago. Ello podría ser cuestionado constitucionalmente, al pretenderse aplicar una sanción de naturaleza penal -la multa actualizada- no vigente al momento de cometerse el ilícito y cuyo monto dependería de una delegación -polémica en materia penal- en un índice elaborado por un organismo del Poder Ejecutivo (Indec). La actualización de las multas apuntaría a que el contribuyente prefiera regularizar los ajustes fiscales en lugar de cuestionarlos y ejercer sus derechos. A ello también contribuye la rigidez de las multas fijas que se proponen en la reforma para casos de simple omisión del pago de impuestos (del 100% del tributo omitido o del 200% si la omisión se vincula a operaciones internacionales), así como otros incentivos a regularizar tempranamente, ya sea mediante condonación o reducción de multas.
-¿Qué efectos tiene la actualización en el ámbito penal criminal?
-La reforma pretende que para determinar si existe o no delito se analice el monto mínimo de punibilidad vigente al momento de cometerse el ilícito. Esto es incompatible con el sistema de UVT: si los umbrales actualizados superan el monto anteriormente evadido, se producirá la automática desincriminación de esa evasión por aplicación del principio de ley penal más benigna. Con la última modificación de la ley penal tributaria (ley 26.735) el ex procurador general de la Nación Esteban Righi instruyó a sus fiscales a desconocer la aplicación de este principio básico del derecho penal. Afortunadamente, la jurisprudencia unánimemente rechazó esta postura y convalidó la aplicación de las garantías penales. Por lo que la Procuración debió dejar de lado su anterior y errado criterio.
El autor es socio de RCTZZ Abogados y profesor de la Universidad Austral
Diego N. Fraga
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