AFIP. Se suspendieron las bajas de oficio del monotributo
Con el objetivo de mitigar los efectos de la cuarentena obligatoria la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decretó en el día de ayer que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por su actividad de junio.
Esto alcanza tanto a los contribuyentes que no hayan realizado el pago como a quienes se excedieron del máximo de facturación establecido. Además, las exclusiones de dichos trabajadores también fueron suspendidas por el organismo.
La resolución se publicó hoy en el Boletín Oficial y extiende los beneficios vigentes desde marzo hasta julio. La normativa establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.
Esta medida se suma a las diversas situaciones previstas que la ley establece para la baja del régimen. La más conocida es cuando la suma de los ingresos brutos superan el máximo establecido por la categoría máxima disponible (categoría K). Esta fija un tope de facturación anual de $2.609.240,69 o un máximo mensual de $217.349,75.
Aún así, durante el mes de julio esta última normativa no será utilizada para proceder con exclusiones de oficio.
A partir de la llegada del coronavirus, la AFIP anunció hasta ahora las siguientes decisiones:
- Una feria fiscal, por la cual dejaron de correr los plazos, para responder a requerimientos que el organismo le haga a los contribuyentes por diferentes procedimientos, como determinaciones de oficio de deudas, sumarios, multas o intimaciones de pago, entre otros. Al tomar la medida, se aclaró que no implica la extensión de plazos para cumplir con el pago de los impuestos.
- La prórroga de la suspensión de los embargos a pymes.
- La postergación de la fecha límite para completar el formulario de declaración de deducciones y de pluriempleo del impuesto a las ganancias, para trabajadores bajo relación de dependencia y jubilados (el formulario Siradig, que se completa en forma digital en la página de la AFIP).
- La ampliación del número de trámites que deben presentarse en forma digital.
- Se extendió la fecha tope de ingreso a la moratoria impositiva para Pymes y monotributistas.
- Entrega de beneficios para aquellos que se inscriban a la moratoria impositiva y lo hagan en los últimos días de mayo o durante junio.
- Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos.
- Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empresas que necesitan asistencia.
- Establecimiento del Padrón Federal de Impuestos para unificar tributos.
- Prórroga a la reducción de aportes patronales para empresas en crisis.
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