Opinión. Alientan la industria del juicio laboral
Daniel Funes de Rioja Para LA NACION
El principio de "en la duda, a favor del trabajador" para la aplicación de normas legales o convencionales que establece el artículo 9 de la Ley de Contrato de Trabajo va a sufrir -a partir de la reciente sanción por el Congreso- una modificación no menor y de un impacto muy negativo en cuanto a dejar virtualmente indefenso al empresario.
"Si la duda recayese [...] en la apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador", dice la norma, luego de la modificación.
En buen romance, ello impone al juez una pauta ya no de interpretación del derecho, sino de extensión de su aplicación, lo cual hace que el empresario demandado quede a merced de la voluntad del trabajador demandante que tendrá a su favor no sólo la presunción legal sobre su supuesto derecho, sino también la interpretación más benigna de la prueba, hasta el extremo de extender aquella presunción a la prueba ni siquiera producida.
En estas condiciones, la nueva ley es un gran espaldarazo a la litigiosidad "en forma masiva", pues se constituye en un excelente incentivo a hacer juicio por cualquier causa dado que quien demanda poco tiene que probar -o nada-, y es la empresa demandada la que tiene que esforzarse por la "prueba negativa" y si aun así el trabajador pierde el juicio -más como producto de un milagro que de una sentencia- tampoco paga las costas judiciales.
No pretendemos en modo alguno la aplicación del derecho anglosajón, en el que también en el régimen laboral el que alega algo, sea un contrato de trabajo, una remuneración, horas extras o cualquier otro concepto, debe probarlo fehacientemente para que se reconozca su derecho. Pero de ahí a cercenar absolutamente la facultad judicial de interpretar "a verdad sabida y buena fe guardada" imponiéndole al juez reglas interpretativas de tamaño desbalance constituye no sólo un avasallamiento a la seguridad jurídica y al derecho de defensa, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, sino también un fuerte desaliento a iniciar nuevos emprendimientos.
Y también, a contratar trabajadores ante el incuestionable y fundado temor de terminar siendo víctima de una verdadera "extorsión en juicio" en la que, en el mejor de los casos, se ha de terminar haciendo un mal arreglo para evitar una pésima sentencia.
Nos preguntamos qué diría Montesquieu, el célebre autor de El espíritu de las leyes en su doctrina sobre la separación de los poderes, frente a semejante inconstitucional imposición de pautas interpretativas que restringen al juez su "posibilidad de juzgar", dado que este nuevo texto legal suma a la facultad constitucional de dictar la ley que tiene el Congreso como órgano legislativo la prerrogativa judicial sobre el criterio para interpretar hechos y prueba.
Paquete laboral
Cuando el mundo se debate en medio de una profunda crisis que tendrá -en mayor o menor medida- un incuestionable impacto sobre producción y empleo, y que llevó al Gobierno a encarar acciones para mitigar esas consecuencias negativas, esta nueva iniciativa que forma parte del "paquete laboral" que desde hace algún tiempo se está gestando en el Congreso y que ha recibido el fuerte cuestionamiento del empresariado aparece como riesgoso e inconducente para los propósitos de creación de empresas y de empleo que inspiran a la comunidad argentina en su conjunto en estos particulares momentos.
De más está decir que la pretendida "protección" que se invoca para justificar esta iniciativa no sólo desalienta el empleo, tal como se ha dicho, sino que termina empujando a la informalidad por motivos que no es del caso analizar en esta nota, pero sobre los cuales hay sobrados ejemplos en la experiencia nacional e internacional en la materia que llevan a que América latina, con modelos de alta protección nominal pero poca aplicabilidad real y efectiva, tenga índices de trabajo "en negro" verdaderamente alarmantes.
Sin embargo, remedios de la naturaleza de esta reforma legislativa, pese a que han proliferado en países como los nuestros, no han conseguido fomentar el empleo decente ni evitar los abusos y distorsiones que la informalidad genera. Su resultado ha sido estimular -en proporciones alarmantes- la única actividad que pretende expandirse pese a la crisis: la ya lamentablemente conocida como "industria del juicio".
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