Amplían las posibilidades de tramitar la jubilación anticipada
Se podrán contabilizar aportes por los meses en los que se cobró la prestación por desempleo o se estuvo en licencia por maternidad
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Mediante la resolución 2/2022, la Anses dispuso nuevas condiciones para poder acceder a la prestación anticipada por desempleo, que fue creada a fines de septiembre del año pasado por un decreto de necesidad y urgencia y con carácter temporal.
La novedad dispuesta, según un comunicado del organismo previsional, es que se reconocerán como meses aportados los que hayan estado dentro de períodos de licencia por maternidad, o de cobro de la prestación por desempleo. Además, si la persona había adherido a una moratoria de aportes, se considerarán los pagos hechos hasta el 30 de junio de 2021.
En los considerandos de la resolución se señala que, respecto de las normativas que habían sido aprobadas en su momento para reglamentar este sistema, se creyó necesario hacer modificaciones para “permitir computar ciertos períodos en los que no se han prestado servicios o durante los cuales no existía obligación legal de ingresar cotizaciones con destino a la seguridad social, tales como el período de licencia legal por maternidad y el período durante el cual se han percibido prestaciones por desempleo”.
A la prestación anticipada pueden acceder, por un plazo de dos años a partir de octubre pasado, las mujeres de entre 55 y 59 años y los varones de entre 60 y 64, que tengan 30 años de aportes reconocidos. Otra condición para acceder es haber estado en situación de desocupación laboral al 30 de junio del año pasado (y seguir estando).
El pago mensual que se percibe es equivalente al 80% de la prestación que le corresponderá a la persona al momento de llegar a la edad de retiro (60 años en el caso de las mujeres y 65 para los varones); en ese momento, la prestación se convertirá automáticamente en la jubilación al 100%.
Según un comunicado de la Anses, hasta ahora se iniciaron 15.000 trámites para obtener esta prestación, mientras que en el actual mes de febrero la están cobrando unas 8800 personas. El haber promedio es, en esos casos, de 81.637 pesos.
Cuando se estableció la vigencia del beneficio jubilatorio anticipado se indicó que los solicitantes debían acreditar 30 años “de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad” con el sistema general. Y se había aclarado que esos aportes debían ser “efectivos”. Por lo tanto, no había quedado habilitada la posibilidad de contar meses de aportes por la adhesión a una moratoria.
Actualmente, dos de cada tres jubilaciones que paga la Anses son de personas que recurrieron a ese subsidio estatal por no contar, al llegar a la edad de retiro, con los 30 años de aportes que exige la ley previsional. En 2021, según datos de la Secretaría de Seguridad Social, siete de cada diez jubilaciones dadas de alta tuvieron moratoria; esa proporción fue más alta que la de años anteriores, y una explicación posible es que en 2021, también por un DNU, se aprobó un sistema por el cual se cuentan, por cada hijo y solo para las mujeres, entre uno y tres años como aportados. Eso amplió las posibilidades de ingresar en una moratoria.








