Breves
Quiebra del Patricios. Nuevas tasas. Tarjetas. Gravamen de emergencia
La jueza en lo comercial Matilde Ballerini declaró la quiebra del Banco Patricios, suspendido en marzo último por el Banco Central, confirmaron ayer fuentes tribunalicias. En su fallo la magistrada consideró que los activos y pasivos del banco conforman un patrimonio con un valor negativo de 37.096.000 pesos.
La jueza recordó que el 2 de julio último el Banco Central le revocó la autorización para funcionar como entidad financiera y que, de las constancias del expediente, "surge con evidencia que se encuentra en un estado de insolvencia". Junto con la declaración de quiebra, la magistrada ordenó la inhibición general de los bienes que forman parte del activo del banco, y dispuso la prohibición de salida del país a los integrantes de su órgano administrativo y de los socios con responsabilidad ilimitada.
Nuevas tasas
El Banco Central modificó nuevamente ayer las tasas de referencia para los depósitos bancarios con garantía. Los nuevos valores, que regirán desde mañana, son los siguientes (entre paréntesis se consignan la tasa máxima actual): 9,05% anual para depósitos en pesos colocados a menos de 60 días (10,78), y 8,41 (9,41) para los colocados a un plazo mayor; en cambio pasaron al 8,03 (8,02) y 7,97 (8,05), respectivamente, para colocaciones en dólares.
Tarjetas
La Cámara Argentina de Comercio anunció que obtuvo el compromiso de las entidades bancarias para disminuir el arancel del 8,75% que se aplica actualmente a los negocios que aceptan tarjetas de crédito. Según trascendió, la reunión de las partes se habría producido hace quince días, y aún no se informó de cuánto será la rebaja. Hasta hace dos meses el arancel era del 10%, pero la bancos y administradoras de tarjetas debieron ceder ante las presiones de las entidades de comerciantes y consumidores.
Gravamen de emergencia
El senador José Antonio Romero Feris (Autonomista-Corrientes) propició el establecimiento de un derecho adicional de emergencia a la importación de bienes destinados al consumo o para su elaboración para destinarlo al sistema de previsión social, en reemplazo de las contribuciones patronales de las actividades agropecuarias, mineras e industriales.
Se contempla una vigencia de un año, prorrogable por igual período, desde el 1º del actual, y excluye de sus alcances a los productos provenientes de los países comprendidos por los acuerdos del Mercosur. Establece que el derecho por imponer "será igual a la variación del tipo de cambio real generada entre el país de origen de los efectos, determinada entre el 1º de abril de 1991 y la fecha de establecimiento del derecho adicional".
lanacionar