Cuando el debe es mucho más que el haber
A veinte años de su fundación, muchos de los principios fundamentales del Tratado de Asunción son letra muerta
Ya han pasado once años del siglo XXI y si bien lo que hemos obtenido del proceso de integración en el Cono Sur de América no es poco, es mucho más lo que falta por hacer. O por cumplir. Porque las metas y los objetivos ya han sido normativamente establecidos pero no se ha cumplido todavía con lo que nuestros propios países libremente se han propuesto. En muchos sentidos, el Tratado de Asunción se ha convertido en letra muerta y en pieza de museo.
Las actuales trabas a la operativa del Mercosur son demasiado notorias y las sufren los diferentes operadores del comercio exterior: exportadores, importadores, productores, fabricantes, transportistas, despachantes de aduana y demás profesionales del ramo. También las padece la sociedad toda y los consumidores.
Todas las implementaciones de procesos destinadas a la integración de los países han tenido obviamente dificultades en la práctica. Pero los tropiezos y los problemas no dejan de ser explicables y hasta justificados, aunque no sean compartidas las soluciones que se dan a los mismos generalmente violando las normas vigentes del Mercosur. Por ejemplo, aislando y administrando el comercio por sectores de la producción como en el caso de la industria automotriz o en el de la caña de azúcar; estableciendo cupos a la importación que no es ni más ni menos que el establecimiento de las cláusulas de salvaguardia prohibidas por el Tratado de Asunción y por el tercer Laudo del Tribunal Arbitral del Mercosur; percibiendo derechos de exportación igualmente prohibidos por el Tratado y Laudos respectivos.
Los países miembros del bloque, fundamentalmente Argentina y Brasil han seguido disponiendo a su arbitrio de la normativa aplicable al comercio exterior comunitario. De manera tal que la normativa de uno y otro difiere totalmente en algunos casos y, por el contrario, en otros se parecen asombrosamente. Por ejemplo, y baste la mención de uno solo, lo que sucede con la aplicación en ambos países de las licencias previas no automáticas a la importación de productos originarios y procedentes de los demás asociados, la cual es expresamente contraria al Tratado de Asunción y a lo dispuesto por el Primer Laudo Arbitral del Mercosur.
La nómina actual de las normas restrictivas al comercio entre los Estados miembros es demasiado extensa y cada uno de los casos ameritaría nuevos artículos y análisis
Es necesario agregar que cuando se aplican restricciones al comercio, conformes o no a derecho, destinadas principalmente a la sustitución de importaciones o a mantener el superávit comercial, se generan en el país dos bandos: el de los ganadores y el de los perdedores. Entre los primeros en la Argentina de hoy están los fabricantes de calzado, textiles, aparatos electrodomésticos y electrónicos, de comunicaciones telefónicas y algunos otros. A manera de ejemplo: hasta 2004, el 70% del consumo de refrigeradores era de origen brasileño. Actualmente la importación en ese rubro no supera el 30% del consumo. ¿Y el Mercosur? y ¿la libre circulación de las mercaderías establecida por el Tratado de Asunción?
Mencionar a los perjudicados sería elaborar una desalentadora lista, pero es muy valedera la pregunta: ¿No serán los restantes 40 millones de habitantes del país?
Seguramente sí. Porque el resto de los habitantes no son industriales protegidos, ni están trabajando en las industrias protegidas. Son los que deben pagar en muchos casos el costo de la ineficiencia, del retraso tecnológico, de la falta de inversión productiva, de la obsolescencia de los bienes de capital utilizados, de los aumentos de precios, de la escasez o mala calidad de los productos, subsidiando de esa manera millones de consumidores a unos pocos miles de productores.
El autor es epecialista en la temática de comercio exterior.
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