El Gobierno puso en marcha un nuevo registro de operadores
El presidente Eduardo Duhalde dictó la semana última el decreto 971/03, que establece un nuevo registro de operadores de comercio exterior.
La medida tiene el propósito de flexibilizar "algunas de las restricciones" de su antecesor: el controvertido decreto 2690/02, que había sido sancionado por el Presidente el 27 de diciembre último.
Según los operadores de comercio exterior, este primer decreto de reempadronamiento de operadores -que debía entrar en vigor por estos días- pecó por exceso porque se tornaba de difícil cumplimiento y abría la puerta a discrecionalidades de los funcionarios al permitirle al director de la Aduana, Mario Das Neves, suspender "sin más trámite" a quienes tuvieran sumarios o fueran deudores impositivos, aduaneros o previsionales.
En otras palabras, podía impedir exportar o importar a una firma deudora del fisco, cuando muchas compañías del sector aún no han absorbido del todo el efecto de la crisis económica y cifraban en sus futuras operaciones de comercio exterior la expectativa de ponerse al día con el pago de tributos.
Pero la nueva norma no parece eliminar del todo estas posibilidades. De hecho, la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) considera que la norma "sólo modifica parcialmente" al decreto 2690/02.
Sin embargo, pospone la puesta en marcha del nuevo registro y da más tiempo para adecuarse. "El decreto anterior entraba en vigor en 90 días desde su sanción, y éste entra en 90 días después de su reglamentación -dijo a LA NACION el presidente de la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA), Diego Pérez Santisteban-. Esto abre un espacio para discutir la reglamentación con tranquilidad y llegar a un consenso entre el sector privado y el público."
Pero sigue preocupando a los operadores que el nuevo decreto mantenga el requisito de que se deba aportar una garantía en favor de la Aduana a menos que se acredite "la solvencia necesaria".
Especialmente, porque no queda claro aún cómo se estimará la solvencia adecuada para importar o exportar. Además, se pueden tornar escasos los seguros de caución por la entrada en vigor de la resolución 1469/03 de la AFIP (organismo madre de la Aduana), que redujo los topes máximos para emitir pólizas de las compañías aseguradoras.
"Si no hay seguros de caución, vamos a estar en problemas", advirtió la despachante y directiva de la Asociación de Importadores y Exportadores de la República Argentina (Aiera), Natalia Pereyra.
La CIRA cree que la AFIP debe avanzar en este aspecto autorizando la constitución de garantías solidarias y colectivas por parte de las cámaras representativas de importadores o exportadores en lugar de percibir "una garantía muy alta individual", destacó Pérez Santisteban. También se podría instrumentar un sistema de scoring (puntaje) para centralizar las exigencias de control en los operadores sin antecedentes o que tengan un mayor perfil de riesgo.
El decreto 971/03 abre la puerta a esto último en su artículo 6°, que permite "condiciones especiales" para los exportadores o importadores incluidos "en un régimen específico", indica el texto.
Larga espera
Por su parte, el abogado especializado en derecho aduanero Enrique Barreira señaló que existen algunos aspectos cuestionables de la medida presidencial, que reforma al Código Aduanero. Entre ellos, destacan:
- La eliminación de la obligación de constituir un domicilio especial ante Aduana para recibir las notificaciones habituales del organismo sobre importaciones o exportaciones. La norma dice que basta con acreditar el domicilio fiscal a través del CUIT y así puede correrse el riesgo de que el operador no se entere de que lo quieren notificar. Entonces, se podrían generar dificultades para su defensa en juicio.
- La inhabilitación especial establecida para quienes hayan sido condenados por delitos aduaneros, impositivos o previsionales. El decreto prevé que sólo podrán inscribirse en el registro estos importadores y exportadores siempre que haya "transcurrido el doble del máximo de la pena prevista en la ley".
Como se prevén de seis meses a ocho años de prisión en estos casos, la espera puede llegar a tomar "16 años aunque el juez haya dado una condena por tres", aseveró el letrado.