Cómo funcionará la factura de crédito electrónica para pymes
A fines de diciembre, el Gobierno reglamentó el régimen de la factura de crédito electrónica, una medida que servirá para reducir el costo de financiamiento para las pymes y percibir de forma anticipada los créditos y documentos por cobrar. Es un mecanismo que está en debate y se espera que entre en vigencia en marzo.
La herramienta está en discusión en el Gobierno y actualmente se encuentra en etapa de definición de los últimos detalles para su funcionamiento. Lo que sí está determinado es que primero se implementará en el rubro automotor y luego alcanzará al resto de los sectores.
Para entender cómo funciona la factura de crédito electrónica hay que tener en cuenta, en primer lugar, que hay dos tipos de empresas: las grandes, que funcionan como compradoras del servicio de las pequeñas y medianas, que actúan como proveedoras o vendedoras.
El objetivo de este sistema es mejorar el financiamiento de las pequeñas empresas. Es decir, que las compañías proveedoras van a tener una factura que les va a permitir cobrar por el pago de una empresa grande en un plazo corto. Para esto, se necesita que ambas partes tengan constituido el domicilio fiscal electrónico y que los emisores de factura registren su CBU.
Según el registro vigente, la factura de crédito electrónica (FCE) debe ser emitida por la pyme proveedora y luego puede ser aceptada de forma expresa o tácita dentro de los 30 días o se puede rechazar o cancelar.
Una vez aceptada, la factura de crédito electrónica se convierte en un título ejecutivo y valor no cartular, lo que permitirá a la pyme a conservarla hasta su vencimiento o transmitirla a un agente de depósito colectivo. Aquí la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ) notificará al nuevo deudor del domicilio de pago.
De esta manera, la FCE se podrá negociar en una plataforma o en el mercado de capitales. En el primer caso, el nuevo domicilio transfiere la FCE a donde la pyme tenga su cuenta y la plataforma analiza el riesgo crediticio del deudor y acerca a la pyme con el inversor; en tanto que en el segundo caso, se negocia en el mercado la factura de crédito electrónica.
Al momento de vencimiento de la FCE, el deudor abona el importe al CBU del domicilio de pago y se distribuye el pago al inversor.
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