Confirmado por el Gobierno: así aumentará el salario mínimo durante los próximos 10 meses
Frente a la ausencia de consenso entre sindicatos y empleadores, el Poder Ejecutivo determinó un esquema de aumentos mensuales que regirá de forma unilateral desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026
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El Gobierno Nacional, ante la falta de consenso entre sindicatos y empleadores, fijó de manera obligatoria un nuevo esquema de Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y actualizó la prestación por desempleo. La decisión, que rige desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026, fue publicada este miércoles 3 de diciembre de 2025 en el Boletín Oficial a través de la Resolución 9/2025. Este paso unilateral se dio luego de que el Consejo del Salario, en su reunión del 26 de noviembre, no lograra un acuerdo sobre las propuestas presentadas.

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social informó que la intervención del Poder Ejecutivo fue necesaria para “garantizar la actualización de los valores mínimos del mercado laboral” frente a la imposibilidad de llegar a una definición común por parte de los representantes de trabajadores y empleadores, quienes expusieron alternativas que no obtuvieron el apoyo suficiente durante el encuentro realizado por videoconferencia.
Cómo será el esquema de ajustes de los salarios
El nuevo esquema establece diez aumentos mensuales y consecutivos del SMVM. El primer incremento, que comenzará a aplicarse en noviembre de 2025, fijará el salario mínimo en $328.400 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Paralelamente, el valor horario inicial para los trabajadores jornalizados se establecerá en $1642. Estos montos tienen alcance para aquellos que se desempeñan bajo la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen agrario, la administración pública nacional y en entidades del Estado que actúan como empleadores, previendo valores proporcionales para jornadas reducidas o modalidades especiales.

La escalada de valores continuará de manera progresiva. A partir de diciembre de 2025, el ingreso mínimo mensual pasará a ser de $334.800. En enero de 2026, ascenderá a $341.000, y en febrero, se ubicará en $346.800. La tendencia alcista se mantendrá con $352.400 en marzo, $357.800 en abril, $363.000 en mayo y $367.800 en junio. Para julio de 2026, el SMVM alcanzará los $372.400, culminando en agosto de 2026 con un valor de $376.600, el tramo final previsto en la resolución oficial.
Los valores horarios acompañarán este mismo esquema de incrementos graduales. Desde diciembre, la hora se valorizará en $1674; en enero, a $1705; en febrero, a $1734; en marzo, a $1762; en abril, a $1789; en mayo, a $1815; en junio, a $1839; en julio, a $1862; y finalizará en agosto con $1883.
Los cambios en la prestación por desempleo
Además de los ajustes en el salario mínimo, la Resolución 9/2025 también introduce una actualización en el mecanismo de cálculo de la prestación por desempleo. Según la nueva normativa, el beneficio será equivalente al 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador haya percibido en los seis meses previos a la finalización de su relación laboral. Para este beneficio, se establecen un piso y un tope directamente vinculados al SMVM: el monto no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo vigente ni superior al 100%.
Una vez publicada en el Boletín Oficial, la resolución obliga a la Secretaría de Trabajo a registrar y comunicar la decisión, cuya entrada en vigencia es automática. Los empleadores alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo y los regímenes especiales deberán aplicar estos nuevos valores en las fechas estipuladas.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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