Costos visibles y ocultos aprietan a las empresas
El debate por las tarifas de gas y luz dejó al margen la carga impositiva en las facturas, una añeja distorsión que se replica en otras actividades
Cada vez que en la Argentina se busca desanudar un problema para resolverlo a futuro, aparecen ataduras del pasado. El gobierno de Mauricio Macri lo está experimentando en carne propia. Heredó una economía con récord histórico de subsidios a la energía y el transporte (5% del PBI), pero también de presión impositiva (32% del PBI). Ante la imposibilidad de atacar simultáneamente ambos frentes sin agravar el déficit fiscal (casi 6% del PBI con intereses de la deuda), el gradualismo aplicado ahora no marchó a la misma velocidad: las subas de tarifas para recortar subsidios -aún sin eliminarlos- fueron más rápidas en gas y electricidad y mucho más lentas para colectivos, trenes y subtes porteños, mientras trazó un sendero de 4/5 años para bajar impuestos distorsivos tras el fin de las retenciones.
Con este esquema, el ahorro de gasto público en subsidios recae en el sector privado vía aumentos reales de tarifas, que a su vez son efecto y causa de inflación, ya que en energía elevan los costos de producción y terminan trasladándose a precios. En lo que va de 2018 este efecto fue más que notorio.
Pero eso no es todo. Desde hace años las facturas de gas y electricidad incluyen un porcentaje importante de impuestos nacionales, provinciales y municipales como vehículo directo de recaudación, que ahora sube en la misma proporción que los ajustes tarifarios reales. Así, tarifas y facturas no son sinónimo por más que se pague todo junto y varíe el componente impositivo.
Ningún funcionario o legislador se ocupó de esta cuestión en medio del revuelo político provocado por el reclamo de la UCR y Elisa Carrió para moderar el último ajuste de las tarifas de gas, aprovechado masivamente por la oposición para intentar su anulación retroactiva, a costa de mayores subsidios, déficit fiscal y endeudamiento. Ni tampoco quedó incluida en el "aplanamiento" de pagos acordado por el oficialismo para prorratear - en cuotas con intereses entre los meses de verano- el efecto en las facturas del mayor consumo invernal con tarifas que casi duplican las de 2017.
Un trabajo del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), elaborado por Nadin Argañaraz y Ariel Barraud, le pone números a lo que denomina "mochila tributaria" sobre el consumo de electricidad y gas por redes. Esta carga indirecta se compone de IVA (21%); Ingresos Brutos (5%); una tasa municipal general (1%) y, en muchos casos, otra específica (que, por ejemplo, llega al 10% en la ciudad de Córdoba). En conjunto, representa el 37% del valor de la tarifa (antes de impuestos). Aplicada a la factura de cada servicio, de cada $100 que paga el consumidor, $27 son impuestos indirectos.
A partir de estos datos, el informe deduce que si hipotéticamente las tarifas dejaran de aumentar y se eliminara esa carga tributaria, las facturas tendrían una reducción de 27%; pero aun si se ajustaran 100%, el valor a pagar por el usuario subiría casi la mitad (46%). En este sentido, propone como alternativa bajar a cero la alícuota del IVA por dos años (2018 y 2019) y aplicarla a partir de 2020 a razón de 5% anual para restablecer el 21% en 2023. Esta propuesta se completa con la exención provincial y municipal del impuesto a los Ingresos Brutos (II.BB.) sobre la distribución de energía eléctrica, gas y agua a partir de este año, anticipándose al cronograma del consenso fiscal con las provincias que la prevé para 2020, y la eliminación desde 2018 de tasas municipales específicas. Si bien los autores admiten que resignar recaudación de impuestos indirectos implica un nuevo subsidio a la energía, señalan que sería transitorio en el caso del IVA (que para las empresas es crédito fiscal) mientras se avanza en el sinceramiento tarifario y constituye una mejor opción que retrasar ajustes. Además explican que, con el actual régimen de coparticipación, el impacto de eliminar esta mochila sería bastante parejo, ya que los municipios resignarían 13,2% de la tarifa; las provincias 12,7% y la Nación los 10,2 puntos de IVA netos de coparticipación.
De todos modos, no parece que esta hipótesis vaya a convertirse en realidad. La proliferación de impuestos distorsivos, tasas y contribuciones (algunas realmente insólitas) fue una constante en las últimas dos décadas y constituye un capítulo importante -pero no el único- del completo informe sobre "costo argentino", elaborado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) en agosto de 2017. Allí se subraya que la presión tributaria -sin incluir municipios-, supera con creces el promedio de Latinoamérica (menos de 25% del PBI).
Para preocupación del sector privado, ya tuvo sus primeros tropiezos el objetivo de reducir progresivamente en cinco años las alícuotas de II.BB., acordado con todos los gobernadores (salvo San Luis) y plasmado a fin de diciembre en la ley de Responsabilidad Fiscal. Aunque eliminó tratamientos diferenciales a la industria, el esquema de fijar topes decrecientes para distintas actividades dejó abierta la posibilidad de aumentarlas en aquellas jurisdicciones que se encontraban por debajo de los máximos. Según lo revela otro informe del Iaraf, de las 17 provincias que aprobaron sus leyes impositivas según el consenso fiscal, nada menos que 13 aplicaron este año subas de alícuotas para algunos sectores, a fin de compensar bajas en otros. Estos cambios no violan la letra de la nueva ley; pero sí su espíritu, tendiente a bajar costos a las empresas y su impacto en los precios finales. Hecha la ley, hecha la trampa.
El tributarista César Litvin estima que así será difícil bajar la presión tributaria provincial en 2,5% del PBI al cabo de cinco años como está previsto. Las únicas provincias que no aplicaron ningún aumento en las alícuotas de II.BB. o las redujeron (desde 1 hasta 9 de las 12 actividades incluidas) fueron Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, San Juan y Santiago del Estero. Otras cinco (Chaco, Chubut, Corrientes, Formosa y Santa Cruz), no aprobaron aún sus leyes para 2018.
Paralelamente, Litvin objeta la "creatividad" municipal para crear tasas a industrias y comercios sin contraprestación y subraya que un relevamiento realizado entre 2000 municipios muestra un promedio de 13 tasas y contribuciones en cada uno. En la CAC explica que, además de la tasa de seguridad e higiene (que equivale al 1,2% de las ventas, una alícuota idéntica al impuesto a los débitos y créditos bancarios), los comercios más pequeños deben tributar contribuciones por Inspección, tasas por Registro y Servicios de Contralor y un tributo económico municipal que suelen tomar el impuesto provincial de II.BB.como base imponible.
También siguen vigentes las tasas de Abasto entre los municipios (pese a los controles bromatológicos del Senasa) y de Publicidad y Propaganda en la vía pública, que en muchos casos abarca a los carteles pintados con el nombre del comercio o los toldos para proteger las vidrieras.
Con respecto a los costos laborales, otra preocupación de la CAC es que, con la sanción de la reforma tributaria, los aportes patronales de las pymes se elevarán gradualmente desde 17% hasta 19,5% en 2022 para unificarlos con las grandes empresas (que actualmente tributan 21%), sin reducciones diferenciales por regiones.
Una buena noticia en este terreno es que los cambios en la ley de Riesgos de Trabajo sancionada hace un año ya cuentan con la adhesión de 10 de las provincias que concentraban el 85% de los juicios por indemnizaciones (resta Santa Fe) y que, con la creación de comisiones médicas como instancia previa, en el segundo semestre de 2017 se redujo en 14% el número de nuevas causas. En cambio, está pendiente la constitución de cuerpos médicos periciales en la justicia laboral y la consiguiente aplicación de los parámetros legales para ponderar los grados de incapacidad. Se trata del único eslabón suelto en esta cadena de la "industria del juicio", donde los peritos privados fijan sus honorarios en proporción a las indemnizaciones y el costo se traslada indirectamente a las empresas a través de mayores primas de ART.
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