Impuestos: los no inscriptos en el IVA podrán anotarse hasta el 20 de julio. El nuevo monotributo, con mayor costo que el previsto
Antes del arranque del nuevo sistema ya se incrementó a $ 24,44 el aporte a la obra social
A partir de mañana y hasta el 20 del mes próximo, los monotributistas deberán reempadronarse. También tendrán ese plazo para inscribirse en el IVA las personas que están en la categoría de responsables no inscriptos -que desde julio desaparece- y los que, por ser prestadores de servicios con ingresos anuales de entre $ 72.000 y $ 144.000, quedan excluidos del régimen, según los cambios aprobados por ley. Esto último será dispuesto por una resolución de la AFIP, según anunció ayer su jefe, Alberto Abad.
Los responsables no inscriptos podrán usar sus facturas C, para consumidor final, hasta el 31 de julio, aunque no podrán utilizar más las de tipo A, con IVA discriminado (deberán esperar a tener las nuevas para formalizar las operaciones).
A sólo días de la puesta en marcha del nuevo régimen de pequeños contribuyentes se produjo otra novedad al incrementarse el aporte para la obra social. Mientras que la ley preveía un pago de $ 22 por el titular y 19 por cada familiar que se quiera sumar a la cobertura, finalmente los aportes serán de 24,44 y 22,22, respectivamente, según informó ayer la AFIP. Será así porque una resolución de la Jefatura de Gabinete elevó anteayer el ingreso mínimo que se le garantiza a las obras sociales por cada afiliado (se hace efectiva por transferencias desde un fondo especial), y la ley de monotributo había atado a esa suma mínima el aporte mensual al régimen de salud.
El reempadronamiento alcanza a 1.300.000 personas anotadas en el monotributo, aunque sólo unas 420.000 pagan habitualmente. Para concretar el trámite, las personas físicas deberán completar el formulario 152 y las pequeñas sociedades, el 153, que estarán disponibles desde mañana en Internet o en las agencias de la AFIP. Podrán ser presentados en una entidad bancaria o bien ser enviados electrónicamente.
En el formulario, el contribuyente deberá especificar qué categoría le corresponde para el impuesto integrado. Para definirla, deberá tomar en cuenta los ingresos percibidos entre el 30 de abril de 2003 y el 1° de mayo pasado; la electricidad consumida en el período, y la superficie afectada a la actividad al 30 de abril de este año. Considerando la nueva escala dispuesta por ley (que La Nacion publicó el sábado pasado), el contribuyente debe incluirse en la categoría que surja del parámetro (ingresos, energía o metros cuadrados) en el que obtenga el valor más elevado. Además, no podrán venderse productos con un precio mayor a 870 pesos.
Seguridad social
Para la definición del aporte previsional se preven cinco situaciones:
- Aportante jubilado por la ley 24.241: debe pagar sólo $ 35 al sistema jubilatorio.
- Aportante activo: debe pagar $ 35 para la jubilación y 24,44 para la obra social.
- No aportante a este régimen: significa que ya aporta a la seguridad social por estar en relación de dependencia o pertenecer a una caja jubilatoria de su profesión; o bien significa que es un jubilado del antiguo régimen, o que es menor de 18 años; no paga jubilación ni obra social sino sólo el impuesto integrado.
- Activo con aporte previsional a capitalización: es quien paga, además de los $ 35, otros 33 a una AFJP (voluntariamente).
- Activo con aporte previsional a reparto: es quien paga, además de $ 35, otros 33 al régimen público (voluntariamente).
En el formulario también deberá aclararse si se trata de un contribuyente eventual, una categoría creada para los casos en que la facturación anual no supere los $ 12.000, y la actividad se desarrolle esporádicamente, sin lugar fijo. Estas personas deberán ingresar cuatrimestralmente el 5% de lo facturado, con destino al régimen jubilatorio. Y, a fin de año, deberán pagar la diferencia entre lo que abonaron y $ 420. Con eso accederán a una jubilación básica, que hoy es de entre $ 200 y $ 230.
A fines de año llegan los premios
En diciembre próximo, la AFIP premiará a los monotributistas que hayan cumplido en tiempo y forma con todos sus pagos mensuales a partir del mes próximo, y les devolverá el monto de media cuota del impuesto que, según las categorías, varía entre $ 33 y 505. El incentivo también se aplicará a los autónomos. Las normas prevén la devolución de una cuota por año, pero como los cambios al régimen entran en vigor el mes próximo, por esta vez esa devolución se hará por la mitad del monto, según explicó subdirector de Legal y Técnica de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, Elíseo Devoto.
Lo cierto es que los que pagan en término no son mayoría. Por eso, en la AFIP esperan los resultados del plan de regularización lanzado este año. El plazo para adherir en la primera etapa (con más ventajas) termina el 26 del mes próximo. Entre los funcionarios existe preocupación, ya que, mientras que existen 70.000 liquidaciones presentadas, son 280.000 las personas que llenaron el formulario y no lo enviaron. El temor es que, si todos esperan hasta los últimos días, se producirá un colapso en el sistema informático, y los trámites no podrán ser recepcionados. El consejo lógico es no demorar la gestión.
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