Paridad de género: deducción completadel personal doméstico
Hoy que el movimiento feminista es materia de debate permanente hasta llegar a la idea de demandar la equidad salarial en las empresas y que ello sea controlado por el Estado, vale la pena pensar en opciones de índole práctica que eliminen cargas inequitativas para las mujeres y que resulten en políticas superadoras para el país.
Entre las tareas que recaen asimétricamente sobre las mujeres se encuentran las vinculadas con la administración del hogar, el cuidado y educación de los hijos y el cuidado de los adultos mayores. Podemos pensar bajo un esquema tradicional o "antiguo" que en una familia tipo el hombre trabaja y la mujer con sus horas hábiles atiende el hogar (cocina y limpieza), a los niños y a los adultos mayores que necesitan asistencia. En un esquema aggiornado la mujer trabaja con algún sistema de tiempo parcial o hiperflexible y además se ocupa del hogar, los niños y los adultos mayores con la colaboración del hombre y empleando personal doméstico.
Ambos esquemas son esencialmente inequitativos, porque el trabajo femenino vinculado al hogar y a la familia no es remunerado por nadie ni da acceso a una obra social, jubilación, ni siquiera a una tarjeta de crédito.
Si lo que cuentan las estadísticas acerca de que en la mayoría de los casos el trabajo doméstico está a cargo de las mujeres, es claro que hay un desincentivo impositivo al trabajo formal femenino.
A la tarea de incentivos y desincentivos es a la que queremos llegar. La posibilidad de deducir como gastos los sueldos y las cargas sociales del personal doméstico en el impuesto a las ganancias fue introducida por la ley 26.063 a partir del año 2005, exigiendo a cambio la registración formal del personal doméstico. La norma logró un objetivo que parecía imposible en esa época y que era formalizar el mercado de empleo doméstico.
Sin embargo, se trata de un incentivo limitado, porque tiene un máximo anual que para 2018 es de $67.000, que implica un menor pago del impuesto a las ganancias de hasta $20.000. Y no importa si se trata de uno o más empleados.
Deducción sin límites
Ahora ¿qué pasaría si la deducción de los sueldos del personal doméstico, así como las cargas sociales, no tuviera límite?
Entonces la modificación del año 2005 sería transformada en un incentivo a la incorporación de la mujer al mercado laboral en condiciones equiparables a las de los hombres que no se hacen cargo de las tareas del hogar.
De ese incentivo se derramarían muchos beneficios adicionales: las mujeres podrían poner a disposición del mercado laboral su fuerza de trabajo para agregar valor a la economía; se recuperaría la inversión en educación que se hizo en esas mujeres que hoy no trabajan o lo hacen medio tiempo; se incentivaría la formalización laboral del mercado del empleado doméstico permitiendo la incorporación al sistema formal legal a niñeras, mucamas, cuidadoras de ancianos e innumerables colaboradores de tareas del hogar dándoles acceso a obra social, derechos jubilatorios y al crédito formal.
La propuesta se resume en una medida tributaria con un claro fin extrafiscal vinculado a la igualdad de género en el plano laboral: fomentar el empleo formal de personas en el cuidado y tareas del hogar a través de la deducción plena de su costo en el impuesto a las ganancias de modo que el impacto en el bolsillo sea menor.
Sostener una política que permita la deducción completa o cercana a la real de los sueldos del personal doméstico aboga por un doble beneficio social, uno es el de mejorar el salario real de quienes tienen entre sus responsabilidades ocuparse del hogar, de los niños y de los ancianos y el otro, no menos importante, es formalizar infinidad de trabajadores domésticos para que por fin dejen de formar parte de la gran masa de empleo en negro que ha sido parte troncal de la economía argentina.
La autora es contadora tributarista
Fernanda laiún