En enero comienza a regir la nueva ley para las facturas
Quienes no tengan las nuevas boletas serán sancionados, dijo Silvani.
A partir del 1º de enero próximo todos los contribuyentes inscriptos en el IVA deberán utilizar sólo facturas autorizadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
"Quienes no lo hagan serán sancionados con la clausura y una multa", dijo a La Nación el titular de la AFIP, Carlos Silvani.
Esa medida sólo afectará a quienes estén inscriptos en el impuesto al valor agregado y quedarán afuera los adheridos al monotributo.
Silvani dijo que no habrá prórroga en la entrada en vigor de esa resolución, que obliga a todos los contribuyentes a contar sólo con facturas autorizadas por el organismo fiscalizador.
"Esa palabra -prórroga- no está en mi léxico", afirmó el funcionario.
En 15 días, la AFIP pondrá en funcionamiento un equipo de 1000 inspectores dedicados a detectar comercios que no cuenten con facturas o tengan boletas apócrifas.
En el país hay 5500 imprentas autorizadas para confeccionar facturas.
Hasta ayer, la AFIP había librado 320.000 autorizaciones de impresión para otros tantos contribuyentes.
En los últimos días se han hecho 9000 autorizaciones diarias, pero a ese ritmo en la AFIP consideran que quedarán miles de contribuyentes sin contar con boletas permitidas, por lo cual serán pasibles de ser sancionados.
"El sistema de autorización se hace vía Internet, en tiempo real, durante las 24 horas del día, los siete días de la semana", explicó Silvani a La Nación .
El funcionario dijo que no se dará marcha atrás porque el sistema fue anunciado en marzo, y a partir del 1º de agosto comenzó la renovación por medio de este nuevo mecanismo.
Las facturas autorizadas por la AFIP, que cuentan con un código individual para cada contribuyente, tienen un año de duración. Una vez pasado ese período, hay que imprimir nuevas.
Aquellos que no renovaron sus facturas antes del 1º de agosto y conservan los viejos documentos deberán tramitar la renovación por el nuevo sistema antes de fin de año y contar en sus negocios con los nuevos talonarios antes del 1º de enero para no ser sancionados por el organismo fiscal.
Silvani dijo que el sistema funciona de la siguiente manera: el contribuyente solicita a una imprenta autorizada la confección de facturas. En ese momento, la imprenta pide, vía Internet, autorización a la AFIP y ésta otorga un código de impresión que debe ser colocado en cada una de las facturas que se impriman.
Mediante un comunicado, la AFIP aclaró que no se exigirá, a partir del 1º de enero, a los contribuyentes inscriptos en el IVA "rediseñar sus facturas tipo B (a consumidor final) para discriminar el IVA".
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