Inquietud por la liquidación del impuesto a las ganancias
La mejora de 2010/2011 no fue aprobada y se corre el riesgo de pagar según la matriz de 2009
El Congreso cerró la semana pasada su período ordinario de sesiones sin haberse ocupado, en todo el año, de ratificar las actualizaciones que, tanto para 2010 como para 2011, anunció el Poder Ejecutivo para el cobro del impuesto a las ganancias que está a cargo de los asalariados y trabajadores autónomos.
La consecuencia es que, a menos que los legisladores incluyan el tema en sesiones extraordinarias, esas modificaciones siguen siendo provisorias y, de hecho, no rigen: se utilizan para calcular el pago de anticipos y retenciones mensuales (en el caso de los empleados dependientes son los montos que se descuentan cada mes del salario, en caso de corresponder), pero no servirán para hacer la liquidación anual del impuesto, algo que en el caso de los asalariados ocurrirá en febrero próximo.
Para el objetivo de determinar el monto a tributar por todo el ejercicio fiscal, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se limita a aplicar lo que dice la ley. Y como la ley no fue modificada más allá de los anuncios y de las resoluciones aprobadas, el esquema de deducciones vigentes, que define quiénes y cuánto deben tributar, sigue siendo el que regía en 2009.
Así, mientras desde la CGT insisten en reclamar otra suba del salario alcanzado por Ganancias, y en el Congreso existen más de una decena de proyectos recientes para reformar la ley, resulta que, irónicamente, los dos últimos cambios anunciados corren el riesgo de quedar sin efecto por falta de una acción política.
Ya un año atrás había ocurrido lo mismo, porque la actualización dispuesta para 2010 no fue aprobada por ley. Ante esa situación, la AFIP dispuso postergar la liquidación final del impuesto hasta febrero de 2012, a la espera de la norma que aún no llegó. Ese precario estado de cosas produce que, formalmente, hoy los contribuyentes alcanzados por el impuesto -e incluso algunos que hoy no sufren retenciones- acumulen una deuda con el fisco, más allá de que haya o no voluntad de cobrarla.
La diferencia no es menor. En 2009 tributaban, entre los asalariados, quienes tenían ingresos netos a partir de los $ 4015 de promedio mensual, tratándose de personas sin ninguna carga de familia ni otro tipo de deducciones. En el caso de trabajadores casados y con dos hijos a cargo, el límite era de $ 5552. Hoy por hoy, los anticipos mensuales alcanzan a los solteros con ingresos a partir de los $ 5782 y a los jefes de familias con las cargas mencionadas, que cobran desde $ 7998. La diferencia es del 44%, por efecto de las modificaciones anunciadas en 2010 y en 2011.
Para ejemplificar: una persona con un salario neto de aportes a la seguridad social de $ 8000, casado y con dos hijos, en el esquema previsto para este año, según la resolución de la AFIP, prácticamente no queda alcanzada por el tributo. Pero si se le aplicara el esquema de 2009, tendría una carga fiscal de $ 4613,99 por el año.
Si se trata de un trabajador soltero con esos ingresos, el uso de las tablas de 2009 determinaría un impuesto a pagar de $ 9214, un 131,6% superior al monto de $ 3978,08 que surge de utilizar las deducciones con la actualización prevista para 2011. Los ejemplos consideran un ingreso mensual promedio para el año, incluido el aguinaldo, y no consideran deducciones que es posible hacer y que reducen los montos a pagar, como el caso de salarios y aportes sociales del personal doméstico o los gastos médicos.
De considerarse la deducción por servicio doméstico, el monto a tributar en el esquema de 2009 sería de $ 2832 para el casado con hijos, en tanto que para el soltero el impuesto sería de $ 7144, según las tablas de 2009, y de $ 1722,1, de acuerdo con lo anunciado para 2011.
Efecto inflación
Los ajustes anunciados por el Gobierno cada año para la ganancia mínima imponible y las deducciones son en realidad una medida necesaria por los efectos de la inflación y la consecuente actualización de los salarios.
Si no hay corrección a los montos usados para calcular el impuesto o si la corrección es insuficiente, se produce un incremento de la carga tributaria de los trabajadores, medida como porcentaje de sus ingresos.
Este efecto, de cualquier manera, se está dando efectivamente en los últimos años, porque hay varios valores en el esquema del impuesto que no tuvieron ninguna actualización, tal como advierten los contadores (es el caso de los ingresos personales topes que definen qué alícuota aplicar o de las deducciones por determinados gastos).
A fines de octubre, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas le envió una nota al diputado Gustavo Marconato, del Frente para la Victoria, en su carácter de presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, recordándole la necesidad de una ley para dar vigencia a los anuncios oficiales sobre el impuesto. "No hubo ninguna respuesta", señaló a La Nacion Jorge Rodríguez Córdoba, vicepresidente de la entidad que agrupa a los contadores.
Rodríguez Córdoba recordó que el tema genera mucha incertidumbre, ante el cierre de las sesiones legislativas y la cercanía de la época de liquidación del impuesto.
"Vamos a estar muy complicados", afirmó Nilda Aondi, directora de PriceWaterhouseCoopers. Recordó que en febrero las empresas, que actúan como agentes de retención, deberían retener todo lo que falta pagar a cada asalariado, en caso de no mediar medidas ratificatorias de los cambios o que por lo menos difieran de la liquidación anual del impuesto, tal como ocurrió el año pasado.
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