La redacción final
Los cambios incorporados a la nueva ley laboral (ley 25.013) no implicaron modificaciones de fondo, sino que sólo fueron retoques a puntos específicos reclamados por la Unión Industrial Argentina y la Cámara de Comercio, como el aspecto que hacía al despido discriminatorio y la posibilidad de caducar sistemas jubilatorios complementarios como los que tiene el sector del comercio.
Así, la reforma laboral reduce a dos las modalidades promovidas (pasantías y aprendizaje, que hasta ahora no estaban consideradas como tales) y deja de lado aquellas que referían al fomento del empleo, a nueva actividad, práctica laboral y trabajo formación. También caducan las relacionadas con el fomento especial del empleo que estaban destinadas a hombres mayores de 40 años, mujeres, ex combatientes de Malvinas, y discapacitados.
Deja el período de prueba a una duración de 30 días, con la opción de extenderlo a seis meses por convenio colectivo.
Los empresarios reconocen dentro de los aspectos positivos de la ley la baja en las indemnizaciones, en especial para los casos de poca antigüedad y reduce el preaviso a 15 días.
Las modificaciones logradas anteayer, por veto presidencial, establecen la limitación en el despido discriminatorio a sólo aspectos de raza, sexo o religión y el cambio introducido en el nivel de negociación de los convenios colectivos que ahora permite la posibilidad de negociar a nivel empresa con gremio general, aunque no lo hace en nivel de comisiones internas.
La iniciativa oficial no descarta la aplicación de la ley 20.744, que es la que posibilita los contratos a término. Es decir, una empresa podrá seguir contratando empleados por temporada o a término, como también permite la toma de trabajadores autónomos que presentan facturas.
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