Las billeteras electrónicas también tendrán que retener IVA y Ganancias
La medida pone en "igualdad de condiciones" a los medios de pago como Mercado Pago y Todo Pago con los cobros con tarjeta
Se terminó uno de los privilegios que tenían las transacciones por medios de pago digitales. A partir del 19 de noviembre, las operaciones hechas a través de billeteras electrónicas también deberán retener IVA y el impuesto a las ganancias, como sucede con las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito.
Esto afecta a todas las billeteras electrónicas, como Mercado Pago -de Mercado Libre-, Todo Pago -de Prisma-, Naranja X y PayU. Para el usuario no debería haber un costo extra, aunque podría haber menos promociones a través de estos medios de pago.
"La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de Ganancias a las operaciones efectuadas mediante el uso de billeteras electrónicas con el objetivo de poner en igualdad de condiciones este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito", dice el comunicado que difundió el ente recaudador.
"Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Dichas cifras son similares a las establecidas para las compras directas: 0,5% para tarjetas de débito y 1% para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos. De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado", dice el texto.
Y señala que quedarán exentas de esta medida las micro empresas registradas como tales ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las "potenciales micro empresas" en los términos de la resolución general 4568 y su modificatoria.
Hace tiempo los bancos venían reclamando "nivelar la cancha para todo prestador de servicios financieros", en referencia a los impuestos que se aplicaban en las transacciones bancarias, pero no estaban incluidos en las plataformas financieras virtuales.
"Finalmente Mercado Pago operará con las mismas normas fiscales que el resto de los jugadores del mercado. Ahora se puede competir de manera más equitativa", dijo en off un actor del sistema financiero.
Empresas afectadas
Mercado Libre, la empresa fundada por Marcos Galperin, es, de todas las compañías, la más afectada por esta medida, ya que, además de ser la líder del sector, es la única que no tiene otras alternativas de pago para ofrecer. Prisma, por ejemplo, además de Todo Pago tiene la licencia de las transacciones con tarjetas de crédito y débito de Visa y MasterCard.
Fuentes de Mercado Pago dijeron que están revisando la norma y no quisieron hacer comentarios.
La única diferencia tributaria que quedará ahora entre el sector bancario y el mundo de las billeteras digitales es la del cobro del impuesto a los débitos y créditos -más conocido como el impuesto al cheque-. Si dos empresas tienen cuentas en bancos y se hacen pagos entre ellas, tienen que pagar este tributo. Si esas mismas empresas tienen cuentas en billeteras virtuales, cuando se hacen la transferencia, no lo pagan. "Esta es la única asimetría que queda, y si se igualara, probablemente podría bajar la alícuota de crédito y débito, básicamente porque se amplía la base de recaudación", indicaron en el sector.
En la AFIP habían dicho que también se iba a modificar el decreto 380, que establece el impuesto sobre los débitos y créditos en cuenta corriente bancaria, para ampliarlo a todas las operaciones por cuentas virtuales que incluyan a una persona jurídica (empresa o comercio), aunque todavía no está confirmado cuándo se hará ya que no depende del ente recaudador, si no del Poder Ejecutivo.
"Antes se eximía del pago de impuestos por estos medios para fomentar la inclusión financiera de las personas físicas. Pero en el último tiempo, las personas jurídicas también comenzaron a beneficiarse con eludir el impuesto al cheque. Las empresas cobran mediante un sistema de billetera virtual, donde no rige el tributo, y con ese dinero en la cuenta les pagan a sus proveedores. Por eso se modificará esto, para que los pagos por cuenta virtual uniforme (CVU) sean iguales que los que se realizan por CBU", habían dicho en la AFIP, cuando anunciaron los cambios, en julio pasado.
Diferencias y semejanzas
Igualdad tributaria
Los bancos venían reclamando "nivelar la cancha para todo prestador de servicios financieros", en referencia a los impuestos que se aplicaban en las transacciones bancarias, pero no estaban incluidos en las plataformas financieras virtuales.
IVA y Ganancias
Ahora las empresas deberán retener IVA y Ganancias cuando las ventas se hayan realizado por las llamadas "billeteras virtuales".
Impuesto al cheque
La única diferencia tributaria es que en las transferencias bancarias se cobra el impuesto a los créditos y débitos, y en las transferencias virtuales, no
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