Las firmas offshore, una vía habitual de operación para las empresas
Los especialistas diferencian el uso legal del ilegal de estas compañías, y defienden los casos que merecen privacidad
"Tener una sociedad offshore no es por sí mismo un delito, por lo tanto, hacer público que una persona o empresa la posee, más que un acto para desarmar la clandestinidad es una forma de invadir la privacidad", plantea Juan Cambiaso, abogado especializado en derecho empresario y ex socio principal del Estudio Marval O'Farrell. Ésta es la conclusión a la que llegaron, además, especialistas consultados por LA NACION, para desentrañar los puntos centrales sobre las sociedades offshore, que generaron un fuerte debate público a partir de la difusión de los Panamá Papers .
Para Cambiaso, hay tres niveles distintos respecto de quiénes encabezan una sociedad de este tipo: privado, confidencial y clandestino. Privado es el caso de una persona que organiza su patrimonio de determinada manera porque, por ejemplo, tiene miedo a los secuestros, pero está totalmente en regla.
Confidencial puede ser un acuerdo entre accionistas, que es absolutamente legal y conocido por el fisco, pero debe mantenerse en secreto porque no es conveniente que la competencia lo conozca. Y, por último, clandestino es el supuesto de aquel que usa la sociedad como treta para evadir la ley.
Cuando se pone en la mira a alguien que entra dentro de la categoría de privado y se lo mete en la misma bolsa que al clandestino, es como si se dijera dónde tiene las joyas su mujer o qué muebles tiene en su casa.
"En ese caso yo creo que no es legal publicitarlo, porque es entrar en la vida privada de la gente. Cuando uno ingresa en la vida privada de la gente, causa daño y viola la privacidad", explica Cambiaso.
En este sentido, la privacidad tiene protección constitucional, desde el artículo 19 en el que sostiene que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados...".
Siguiendo con los ejemplos de casos que se encuadran dentro de la órbita de lo privado, Cambiaso comenta que muchos extranjeros que vienen a vivir a la Argentina tiene sus bienes en sociedades europeas, pero las declaran acá y, por lo tanto, se hace público algo que es estrictamente privado. "Lo ilegal no es tener una offshore, sino que lo ilegal es engañar", acota.
César Litvin, tributarista del estudio Lisicki Litvin y Asociados, considera que cuando se saca a la luz una sociedad offshore que es legal y está totalmente en regla, se causa un daño a la intimidad comercial y hasta a la intimidad familiar.
"Hay gente que estructura sociedades de este tipo, legítimas y declaradas, en algunos casos para optimizar la carga fiscal en operaciones con el exterior y en otros para no mostrarse directamente en algún negocio, por una cuestión de intimidad respecto de la competencia", describe el especialista.
Dentro de lo que es un estado de libertad económica, analiza Litvin, se puede elegir el vehículo jurídico que más convenga, por distintas razones, en la medida que no viole una norma legal.
"Ahora, en todos los casos en los que se juega a las «escondidas» para ocultar delitos de corrupción o de dinero proveniente de operaciones totalmente ilícitas, sí es correcto sacarlo a la luz y no se corre ningún riesgo de ser acusado de invadir la privacidad", acota el tributarista.
Según los analistas consultados, hay que desmitificar las sociedades offshore, porque no entrañan de por sí un delito. El mal lo comete el que usa ese vehículo, para cometer un delito. "En la Argentina, por caso, hasta 1998 no era obligatorio informar los bienes en el extranjero, es decir que este país fue muy parecido a Panamá hasta esa fecha", señala Cambiaso.
Para Humberto Bertazza, presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, si una off- shore se constituyó y fue declarada ante la AFIP, está en una situación totalmente legal. Esta sociedad se puede utilizar para muchísimas cosas.
"En algunos casos, es necesario armarla porque hay países que tienen problemas cambiarios, pero eso no necesariamente implica una evasión de impuestos", indica. Y agrega: "Hay que distinguir las que se constituyen para realizar delitos de aquellas que no. Entonces, el problema es poner a todos en la misma bolsa, como que todos forman parte de una operación ilegal", afirma Bertazza.
El directivo opina que el problema central en el que debe ponerse atención es si la offshore es legal o ilegal.
"Me parece que la opinión de la sociedad en general es que tener una offshore implica algo ilegal per se, pero hay que aclarar que no necesariamente su constitución está destinada a cometer un delito. Creo que todos los medios tendrían que colaborar para cambiar esa opinión equivocada que tiene la gente", concluye.
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