Las prepagas deberán darle a la AFIP los datos de los que paguen cuotas de $ 2.000
Las empresas de medicina prepaga deberán informar desde el 1 de abril a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los datos de sus afiliados que abonen por sus planes de cobertura más de 2.000 pesos por mes.
La medida se estableció mediante la Resolución General 3.270, publicada hoy en el Boletín Oficial y será de carácter obligatorio, por lo que las compañías que no cumplan con el suministro de la información a la AFIP serán sancionadas.
"Las prepagas deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y apellido de sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan", especificó la AFIP.
En un comunicado de prensa, el organismo recaudador que preside Ricardo Echegaray informó sobre el "nuevo régimen de información que deberán cumplir las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga cuando el plan de sus afiliados supere los 2.000 pesos".
"El nuevo régimen entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012", agrega el parte.
Según la AFIP, "las empresas de medicina prepaga deberán utilizar el programa aplicativo denominado "AFIP-DGI-RÉGIMEN INFORMATIVO DE CUOTAS DE MEDICINA PREPAGA- Versión 1.0", que genera el formulario de declaración jurada N 918", que está disponible en la página de la AFIP y en caso de incumplimiento serán sancionadas. El organismo recordó que "desde hace tres años, el Fisco viene implementando una serie de regímenes de información que son de extrema importancia para obtener datos que manifiesten consumos en sujetos con determinada capacidad contributiva" como los que se obtienen a través de "tarjetas de crédito y débito y colegios privados", entre otros.
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