Más plazo a bancos que adeudan dinero al BCRA
En las próximas horas, el Gobierno extenderá por decreto el plazo que las entidades financieras tendrán para cancelar la deuda que mantienen con el Banco Central (BCRA), por la asistencia recibida durante la última crisis.
El plan de pagos, que habilita a unos quince bancos a devolver los redescuentos recibidos a medida que comiencen a cobrar los títulos públicos que mantienen en sus carteras de inversión, a cambio de que expandan el crédito al sector privado, se alargará así de las 70 cuotas con que alumbró a poco de culminar el pasado marzo a 120 cuotas (o 10 años).
Sin embargo, sólo podrán acceder a este beneficio aquellos bancos que demuestren tener un desfase marcado entre el plazo de maduración y pago de esos títulos y el tiempo máximo que hasta aquí se les daba para cancelar la deuda con el Central, por lo que tendrá carácter restringido.
La medida implica una adaptación del decreto 739 (reglamentado por las comunicaciones "A" 3941 y su complementaria "A" 3940 del BCRA), por el cual se estableció, entre otras cosas, que para cancelar los redescuentos los bancos debían entregarle al Central como garantía "préstamos garantizados del gobierno nacional" por un valor que suponga el 125% del monto de la deuda total por honrar.
Canje conflictivo
Los préstamos garantizados son el instrumento de inversión con que los bancos se quedaron tras acudir (casi compulsivamente) al tramo local del último canje de deuda que instrumentó el ex ministro Domingo Cavallo en un desesperado intento por reestructurar la deuda pública y evitar la cesación de pagos. Pero sólo semanas después de haber llevado adelante la operación, Cavallo dejó su cargo afectado por la furia ciudadana que generó otro mecanismo de su invención: el corralito.
Esos préstamos, mayoritariamente pactados originalmente en dólares, resultaron luego pesificados (a $ 1,40 por dólar más CER), sus vencimientos de capital se extendieron por tres años y la tasa de interés que rinden se bajó del 7 al 2% anual. Los que aceptaron ese cambio en las condiciones (los bancos lo hicieron), desde mediados de abril cobran mensualmente los intereses. Pero el reintegro del capital, en la mayoría de los casos, está pautado para el vencimiento de cada préstamo o comienza a cobrarse desde 2007.
El plan de pagos ofrecido a los bancos para cancelar los $ 17.197 millones que entre redescuentos y pases aún le adeudan al Central tuvo en cuenta todas estas características, por lo que subordinó el plazo de los pagos de los bancos al de los cobros de lo que el Estado les debe. Pero omitió que una parte importante de estos préstamos estaba originada en financiaciones oportunamente concedidas a las provincias. Y que el canje de deuda de los títulos y la deuda bancaria provincial (aún no cerrado) implican una refinanciación a 16 años.
Esa diferencia de plazo afectaba particularmente a los bancos que tienen en cartera bonos de la deuda provincial, una lista en la que ocupan lugares preferenciales los bancos Provincia y Nación y, en menor medida, los privados Galicia y Francés, entre otros.
Precisamente el nuevo decreto busca crear una excepción que les permita a esas entidades acomodar la obligación por enfrentar con el Central al tiempo en que esperan recibir los pagos del Tesoro,
El resto de la operación, conocida en la jerga como "matching", y que sólo se pone en marcha en el próximo enero, mantendrá sus características originales: la cancelación se realizará en pesos ajustados por CER, a una tasa anual de 3,5% y a un máximo que ahora podrá extenderse de 70 a 120 cuotas, según el caso.
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