Ley de góndolas: el Gobierno definió cómo controlará a los supermercados
El Gobierno dio un paso más en la implementación de la ley de góndolas. A a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial se publicó el reglamento que regirá para las inspecciones en los grandes supermercados alcanzados por la nueva norma
Concretamente, se estableció que los inspectores de la Secretaría de Comercio deberán acreditarse y presentarse en los locales de venta durante el horario de atención al público y el responsable del establecimiento "deberá facilitarles el acceso a todas las áreas de exhibición que existan para controlar el cumplimiento de la ley".
Además, se decidió que, inicialmente, la secretaría que preside Paula Español realizará "un monitoreo de la implementación de la norma, formulando las advertencias correspondientes a las cadenas de supermercados obligadas y, luego, si la situación lo amerita, se podrán aplicar sanciones".
Las cadenas de supermercados alcanzadas por la ley deberán remitir dentro de los próximos 30 días hábiles una declaración jurada que "contenga el plano con la disposición de los productos, la indicación de todos los bienes que están dados de alta para la venta agrupados por categoría y con indicación de su empresa proveedora. En caso de no contar al menos con cinco oferentes distintos por cada categoría, deberán informar el porqué", precisó la resolución.
Alcances
La ley de góndolas fue sancionada hace más de un año, aunque la pandemia demoró su reglamentación hasta diciembre. La norma establece que los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber cinco marcas diferentes, como mínimo.
El 25% de los productos deben ser de las pymes, cooperativas o mutuales, y el 5% debe ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.
Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren; mientras que, en la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.
En la mira
Según se conoció hace unas semanas, la nueva norma solo alcanzará a las cadenas que operan a nivel nacional (Carrefour, Jumbo/Disco/VEA, Coto, Walmart, La Anónima) y los grandes jugadores regionales, como la Cooperativa Obrera de Bahía Blanca, Comodín (Jujuy), Atomo (Mendoza), Todo (Bariloche) o California (Misiones).
El límite establecido será para los locales que tengan más de 800 metros cuadrados de salón de venta (es decir, sin contar áreas de depósito, vestuarios y oficinas), lo que en los hechos deja fuera del alcance de la ley a propuestas como Carrefour Express o la mayoría de las tiendas de Día.
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