Paso a paso, cómo solicitar el tope de 50% a la suba del gas para pymes y entidades de bien púbico
El Enargas, que regula al sector gasífero, puso en marcha un nuevo mecanismo de límite del 50% sobre el valor del gas al aumento de las facturas para las pymes y entidades de bien público. La disposición tiene vigencia para las boletas emitidas a partir del 8 de octubre y se calcula en aquellos clientes que soliciten el beneficio.
Esta medida va dirigida a aquellos clientes cuya categoría corresponda al Servicio General P de servicio completo SGP 1 y 2, y Entidades de Bien Público (EBP).
Se aplica sobre el valor del gas, que está compuesto por la suma del cargo fijo y el cargo y la determinación del tope surge del monto del consumo actual con el valor del gas vigente y el que hubiera correspondido al consumo actual con las tarifas anteriores al 8 de octubre. Sólo se puede facturar con un incremento hasta el 50% de la diferencia entre ambos montos.
Para las pymes que quieran solicitarlo, hay que llenar un formulario de solicitud y tener un certificado de inscripción en el registro de empresas MiPyMES, que emite el Ministerio de Producción. Hay que tener en cuenta que debe coincidir el titular del servicio del gas con el nombre de la empresa registrada en MiPyMES y la última factura de gas del solicitante debe figurar como categoría SGP 1 o SGP 2.
Las entidades de bien público se necesita el formulario, la titularidad que debe coincidir con el nombre de la entidad incorporada en el listado que suministra la Autoridad Regulatoria en la que figuran los clientes bajo el régimen "Entidad de Bien Público" y la última factura de gas del solicitante debe figurar, de acuerdo al régimen de facturación previsto para este tipo de clientes, bajo la categoría EBP.
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