Comercios. El dilema de afrontar los pagos de siempre, pero casi sin ingresos
CORDOBA.- Una pyme comercial con diez empleados con salarios brutos de casi $34.000 en abril debería pagar unos $3,251 millones entre sueldos, IVA e Ingresos Brutos. Además, según coinciden los estudios de contadores, la mayoría de este tipo de empresas arrastra planes de pago con la AFIP. La cifra luce prácticamente inalcanzable luego de medio mes sin actividad para muchas de ellas; una proyección en diferentes establecimientos marca una caída de ingresos de entre 55% y 78% este mes.
El cálculo no incluye los $140.000 de cargas sociales del que quedaría liberada en parte por las medidas tomadas por la Nación (no rige desde el 1 de este mes), ni alquiler, servicios y tasas municipales.
Además, en mayo vence la presentación de declaraciones juradas de Ganancias para el saldo 2019; normalmente deben pagar y habrá problemas de caja para hacerlo. "Las pymes, en general, no van guardando para estas cancelaciones porque no les abunda el capital de trabajo. Pagan lo que pueden", dice el tributarista César Litvin a LA NACION.
Lucas Bustos, titular de LGB & Asociados Contadores Públicos, ratifica que hasta ahora el Gobierno no ha tomado medidas "de fondo" para paliar las complicaciones que afrontarán las empresas más chicas, incluso sin contemplar planes de pago impositivos o de créditos para activos fijos.
En ese estudio contable realizaron para este medio una estimación de las obligaciones que deberán enfrentar un gimnasio, un corralón de materiales, un centro de rehabilitación, un salón de fiestas y un minimercado sobre la base del promedio de los últimos tres meses de facturación, su cantidad de empleados, lo facturado hasta este mes ("todos están con actividad frenada"), ingresos financieros recaudados hasta la fecha (incluye cobros de tarjetas de crédito de períodos anteriores) y las salidas de dinero tanto fijas (sueldos, cargas incluida la excepción resuelta, impuestos y tasas y honorarios) y variables (IVA, anticipos, Ingresos Brutos, tasa municipal sobre Ingresos Brutos y compras, servicios, gastos y costos operativos).
En promedio, la reducción de ingresos proyectada para este mes oscila entre el 55% y el 78% mientras que las salidas financieras en porcentaje respecto a los ingresos en el mejor de los casos es 106,3%; es decir, las salidas duplican (y un poco más) las entradas.
En ese marco, el gimnasio con 12 personas (incluidas los monotributistas) debería poner unos $280.000 de su bolsillo; el corralón (staff de 10), $661.000; el centro de rehabilitación (16), $131.700; el salón de fiestas, $607.800, y el minimercado (3), $181.500. Todos números negativos.
Litvin agrega que, según los últimos datos oficiales, la deuda de las pymes con la AFIP es superior a la que mantienen con el Banco Nación. "Se financian con el fisco porque no tienen acceso al sistema bancario", dice. Unas 600.000 pymes adeudan unos $380.000 millones a los bancos y otros $400.000 millones al organismo recaudador.
"La moratoria que salió es por esta razón -añade Litvin-. Estamos pidiendo que se prorrogue porque para adherir hay que hacer pago a cuenta en marzo o abril (cuando son menos cuotas). La medida viene a solucionar ese problema grave que tienen todas las pymes, pero coincide con este otro inconveniente; además no son las únicas empresas que tienen problemas para regularizar su situación; a todas les pasó lo mismo y no están alcanzadas. En eso hay una violación a la igualdad ante la ley, porque la moratoria establece condonación de multas y de sanciones de Ley Penal Tributaria".
SUELDOS
El Gobierno nacional emitió varias resoluciones en materia de remuneraciones y sueldos desde el 10 de este mes. La 219/20, una de las últimas, genera dudas respecto de cómo se deben liquidar sueldos. Es la que establece que los alcanzados por el "aislamiento social preventivo y obligatorio" podrán no ir a trabajar; los que puedan harán la tarea desde sus casas.
"Quienes efectivamente acuerden este modo de realización de sus tareas -agrega-, percibirán su remuneración habitual en tanto que, en aquellos casos que esto no sea posible, las sumas percibidas tendrán carácter no remuneratorio excepto respecto de los aportes y contribuciones al sistema nacional del seguro de salud y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La AFIP dispondrá las medidas necesarias a fin de verificar la correcta aplicación de esta disposición".
Bustos apunta que hay tres situaciones posibles: quienes no van al trabajo y no hacen tareas laborales en su casa; los que no van pero trabajan en su domicilio, y quienes siguen trabajando, por considerarse su actividad esencial y estar exceptuados. Los primeros desde el 20 de marzo cobran una suma no remunerativa sobre la que se deben realizar los aportes y contribuciones.
Los otros dos casos tendrán un neto menor en función de cómo está redactada la resolución: "Es seguro que el Gobierno no quiso dictar eso y es un error. Se le termina generando más sueldo al que se quedó en su casa sin trabajar".
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