Empleo por idoneidad, no por herencia
La decisión del Banco Central de reemplazar empleados fallecidos por sus parientes resulta un acto demagógico que contradice la letra de la Constitución
La apropiación del Estado por parte de organizaciones o individuos no solo se verifica en las grandes exacciones que ilegalmente realizan en su exclusivo favor privado personas o grupos de personas. También se comprueba en cada acto que, por mínimo que parezca, contribuye a la nefasta creencia de que el Estado no es el producto del aporte de los ciudadanos a los que el Estado debe servir, sino una caja boba donde meter la mano a gusto sin que nadie reciba el consiguiente castigo.
Corrupción e impunidad son los términos que definen esas dos acciones totalmente reprochables y, lamentablemente, en notable crecimiento en nuestro país.
No resulta llamativo, entonces, que haya producido una fuerte polémica la decisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA) de reimplantar la política que determina que, ante la muerte de un empleado, pueda ingresar a trabajar en su lugar el cónyuge o pareja conviviente o un hijo del fallecido.
Quienes defienden ese supuesto beneficio se amparan en que el Banco Central es una entidad autárquica que tiene su propia carta orgánica. Sin embargo, omiten recordar que, según ese mismo estatuto, la entidad tiene por finalidad promover la estabilidad monetaria y financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social, además de actuar como agente financiero del Estado nacional y ejecutar la política cambiaria proveyendo a la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros y a la defensa de la competencia.
El BCRA es un organismo del Estado al que, durante la presidencia de Mauricio Macri, se le había quitado la posibilidad de “heredar” los empleos, que ahora fue restituida por la entidad tras un dictamen de la Procuración del Tesoro.
Entre otros de los argumentos que pretenden imponer quienes defienden ese injusto y demagógico privilegio figura que no es solo privativo del Banco Central, sino que existe desde hace mucho tiempo como práctica habitual en otros organismos del Estado. Si no fuera porque se trata de un tema tan delicado sonaría irrisorio que haya quienes crean que porque muchos hacen determinada cosa, entonces esté bien hacerla.
Otras de las justificaciones de semejante despropósito es “la vulnerabilidad” en la que quedan los deudos tras la muerte de un empleado del banco. Es la misma vulnerabilidad en la que subsisten muchísimas personas del ámbito estatal y del privado que, en idéntica situación, deben luchar para salir adelante sin comprometer dineros de organismos públicos.
Han insistido también sus defensores en que tal incorporación no es compulsiva, sino que solo está a disposición de quien la requiera y que dependerá de las vacantes disponibles. Como si en los organismos del Estado fuera un obstáculo crearlas.
El vicepresidente segundo del BCRA, Jorge Carrera, rechazó las críticas, al especificar que los familiares de los trabajadores fallecidos podrán acceder al beneficio solo en determinadas situaciones: cuando se trate del cónyuge o conviviente si no estaban separados y en el caso de que tengan hijos menores de edad, o un hijo entre los 18 y 25 años. También, que solo pueden pedir ser tenidos en cuenta para hacerse de esa vacante durante 180 días luego de la muerte del empleado y que esas personas únicamente podrán ingresar en la categoría más baja del escalafón “siempre que demuestren ser idóneas y cumplir los demás requisitos generales de ingreso”. Habría que recordarle a Carrera que el principio de idoneidad no es una máxima creada por el Banco Central, sino una exigencia de la Constitución nacional, cuando en su artículo 16 dice: “La Nación argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”.
Varias voces opositoras se alzaron para rechazar la “preferencia hereditaria” reimplantada por el BCRA. El diputado Juan Manuel López (Coalición Cívica-Buenos Aires) comunicó la presentación de un proyecto “para prohibir que en las contrataciones de empleo público se realicen preferencias fundadas en vínculos de parentesco” y puntualizó que “el único criterio para seleccionar al personal debe ser la idoneidad”.
Resultan por demás facciosos los dichos de Carrera volcados en una serie de tuits en los que el funcionario adjudica “bastante mala intención” a los cuestionamientos que se le hacen a la medida y en afirmar que hubiera deseado que “la tenacidad que tuvieron algunos exfuncionarios para quitar derechos a los trabajadores la hubieran tenido para no endeudarse en la forma en que lo hicieron y no comprometer así el patrimonio de todos los argentinos”.
Otra vez, parecería que ver la supuesta paja en el ojo ajeno los absuelve de responsabilidad por el fardo de inequidades, abusos y atropellos que promueven ante la indignada mirada ciudadana.