Riesgos del trabajo: una legislación incompleta
La falta de instrumentación de un aspecto clave de la ley amenaza los cimientos de un sistema que, por la pandemia, enfrenta nuevos desafíos
Una de las trampas del populismo radica en la promesa demagógica de beneficios o coberturas de seguridad social carentes de financiamiento acorde. El voluntarismo político a menudo sucumbe ante una realidad económica caracterizada por un desfinanciamiento que termina perjudicando a quienes se busca desde un principio proteger. Se trata de un problema habitual que padecen tanto el sistema previsional y el de salud como el de riesgos del trabajo.
En todos esos ámbitos, la metáfora de la sábana corta da cuenta de una clara asimetría entre los servicios exigidos y la imposibilidad de su cumplimiento, que deriva muchas veces en una constante litigiosidad que agrava la solidez de esos sistemas y afecta, consecuentemente, de manera negativa al conjunto de sus beneficiarios.
Semanas atrás, se abordó en esta columna editorial la delicada situación del sistema de salud, y de las obras sociales y empresas de medicina prepaga en particular. Señalamos en esa oportunidad que el germen del populismo sanitario malogró el loable propósito del programa médico obligatorio (PMO), al empezar a sumarle cada vez más costosas prestaciones, de las cuales las entidades médicas, privadas o sindicales, debían hacerse cargo sin auxilio del Estado. Este tipo de decisiones, muchas veces apoyadas por imprudentes resoluciones judiciales, terminan minando la performance y subsistencia del sistema.
Algo parecido está ocurriendo con el sistema de riesgos del trabajo, que cubre a unos nueve millones de trabajadores y a 900.000 empleadores, por la falta de instrumentación de un aspecto clave de la nueva ley que lo regula.
Desde la reforma de la legislación de riesgos del trabajo, aprobada en 2017, el sistema ha venido mejorando todos los indicadores de su desempeño. De acuerdo con datos oficiales, se han registrado desde su sanción una baja del 40% en los niveles de accidentabilidad y una reducción del 80% en los fallecimientos, que se traduce en 13.000 vidas salvadas. Del mismo modo, el sistema a cargo de las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) ha incorporado beneficios tales como prestaciones médicas integrales y de calidad de por vida, sin copagos, y prestaciones dinerarias automáticas y actualizables en función de la evolución de los salarios, más la tasa de interés activa.
Aquella nueva ley de riesgos del trabajo contó en el Congreso con el apoyo de sectores del oficialismo y de la oposición, luego de que se alcanzaran consensos con importantes actores sociales, como el empresariado y el sindicalismo. La norma recibió el acompañamiento de 14 legislaturas provinciales, entre las que se encuentran las de los distritos bonaerense y porteño.
Sin embargo, la inexplicable falta de instrumentación de uno de los puntos fundamentales de esta reforma, como producto de una demora en el ámbito de la Justicia, sigue corroyendo la estructura del sistema. Nos referimos a la falta de constitución de los cuerpos médicos forenses (CMF), sin los cuales ni el stock de litigios judiciales acumulados ni el flujo de nuevas demandas resultarán afrontables.
Este llamativo retraso no ha hecho más que consolidar los dislates periciales que acontecen en la Justicia, llegando así al extremo de septuplicarse los montos indemnizatorios por incapacidades que fija el baremo.
Es menester que quienes tienen la tarea de impartir justicia no dilaten una decisión que alcanzó un inusual nivel de consenso parlamentario, fruto del amplio debate entre todos los sectores sociales
Es necesario que tales decisiones sean revisadas por los cuerpos de peritos médicos forenses, cuya constitución dispuso la ley y cuya puesta en marcha continúa pendiente luego de tres años.
A raíz de esta carencia, el sistema sigue dependiendo de un cuerpo de peritos que no son elegidos por concurso y cuyos honorarios siguen acoplados al monto de las sentencias. Así, a mayor porcentaje peritado, mayores son sus honorarios.
De este modo, hemos asistido a decisiones periciales avaladas por jueces, en las cuales, por ejemplo, un esguince sin secuelas es peritado con un 10% de incapacidad física y otro insólito 10% de incapacidad psicológica. Se recuerda también una sentencia de ocho millones de pesos por un golpe en el dedo meñique, luego revertida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dado el despropósito de la valuación.
Estos desfases periciales respecto de lo normado en la ley vigente generan una lógica sobrecarga del ya colapsado sistema judicial, al igual que sobrecostos en el sistema asegurador de riesgos del trabajo, que terminan trasladándose a la larga a los empleadores, mediante un aumento del costo laboral indirecto.
La postergación de la integración de los CMF, que depende del máximo tribunal de cada distrito, amenaza los cimientos de un sistema que, con la pandemia de coronavirus, ha sumado nuevos desafíos y compromisos.
Es menester que quienes tienen la tarea de impartir justicia no dilaten una decisión que alcanzó un inusual nivel de consenso parlamentario, fruto de un amplio debate del que participaron los distintos actores sociales. Se trata de una buena ocasión para abordar una cuestión de relevancia con la madurez que exige la difícil situación económica actual y la necesidad de no desalentar el empleo.