Silobolsas: impunes ataques
Los últimos actos de vandalismo contra silobolsas han tenido por escenario el sudoeste bonaerense: en Coronel Dorrego y Monte Hermoso. Cuatros casos. Uno de los hechos ocurrió en un campo arrendado por el presidente de la Bolsa de Cereales y Productos de Bahía Blanca. Como esta entidad ha sido crítica del paro de los transportistas autoconvocados al margen de las dos entidades que representan al gremio, se han levantado suspicacias sobre una eventual represalia. Todo es posible: la inutilidad de las autoridades públicas para resolver la violencia rural, que acumula a esta altura 184 siniestros, según cálculos de la nacion, confiere verosimilitud a las más diversas teorías. Algunas son tan disparatadas como las del articulista de un medio de izquierda radicalizada cuyas conjeturas apuntaron a daños causados por animales o por criaturas jugando sobre esos inmensos y gruesos plásticos dispuestos al aire libre.
La destrucción intencional de 60 silobolsas en Santa Fe, 59 en Buenos Aires, 46 en Córdoba y 10 en Entre Ríos en 2020 y enero de este año no pudo haberse realizado sin un eje conspirativo. Es natural que la aprensión de las víctimas se dirija hacia el fanatismo ideológico, hacia la voluntad de causar daños por un mero placer perverso.
El tono con el cual el secretario de Agricultura y Ganadería minimizó aquellos fenómenos delictivos, diciendo que constituían "hechos aislados", es parte de aquella sensación oficial sobre la inseguridad urbana y rural. Con ese criterio, el asalto a mano armada de hace una semana en un campo de Saladillo sería con más razón aún "un hecho aislado", pues ese tipo de horror se padece con menos frecuencia. ¿Habrá que recordar a los funcionarios públicos que ha crecido considerablemente el número de delitos rurales?
En la campaña 2020/21 se llenaron alrededor de 450.000 bolsas con granos que alimentan a la población, haciendas y aves, y aportan al país una parte sustancial de las divisas provenientes del comercio exterior. Son bolsas plásticas de tres capas de polietileno expandido y un filtro de rayos ultravioletas, con hasta 60 metros de extensión, que permiten guardar cereales por más de un año. Cubren el 35% de la capacidad de almacenaje de granos. En un país con alta tasa de arrendamientos suplen con eficiencia los gastos más costosos que de otro modo deberían realizarse en instalaciones fijas.
Carece de sentido el debate tan incipiente como antojadizo de que la destrucción de silos no constituye delito de daños por no estar prevista en el Código Penal. Con ese criterio, la sustracción de computadoras, de aparición aún más antigua en nuestro mercado, también estaría desprovista de la debida tipificación penal. Rodolfo Moreno, autor del Código Penal de 1921, todavía vigente, fue un gran político del conservadorismo liberal bonaerense, pero sin facultades de visionario suficientes como para haber previsto aquellas concepciones tan modernas de la ciencia. Con el artículo 183 del Código Penal sobre daños en "cosas muebles o inmuebles", alcanza para que prevalezca la protección de bienes, la legalidad y el sentido común.
Seriamente y sin dilaciones el gobierno nacional debería ponerse a trabajar junto con los de las provincias en la resolución de este malhadado asunto. Tienen también en esta materia otras cuestiones para lucirse, como los incendios intencionales de campos, de cuyas autorías estamos lejos de la investigación y los castigos que se deben procurar.