Aún hay jueces en la ciudad
El Tribunal Superior de la CABA resolvió hace algunos días que el bloqueo de la plataforma digital Uber, que previamente había sido dispuesto por los jueces de primera y segunda instancia, es definitivamente inconstitucional y que, por lo tanto, debe cesar.
La decisión judicial no solo es importante para los millones de usuarios que utilizan el servicio, sino también para todos los ciudadanos que hacen de la prestación de aquel un modo de ganarse la vida.
El bloqueo judicial de la plataforma digital Uber por parte de jueces inferiores de la ciudad capital de la república, "desbloqueado" por el Tribunal Superior porteño, constituía un verdadero desatino jurídico.
En primer lugar, violaba el sistema federal de gobierno instituido en la Constitución nacional, ya que la Justicia local de una provincia -en este caso, de la ciudad de Buenos Aires- no puede tomar una decisión que alcance a todo el territorio de la Nación. En segundo lugar, porque vulneraba el reparto o coordinación de potestades que la Ley Fundamental realiza entre el gobierno de la Nación y las unidades federativas. En efecto, la autoridad habilitada para reglamentar el servicio de intermediación digital desarrollado por Uber es solamente la nacional, ya que los servicios que se prestan a través de plataformas digitales no reconocen límites ni fronteras territoriales e ingresan en la categoría del denominado "comercio electrónico" (e-commerce), cuya potestad regulatoria está constitucionalmente asignada al Congreso de la Nación.
Del mismo modo, en el ámbito de la Justicia, el fuero contravencional de la ciudad de Buenos Aires no tenía potestades para sostener el absurdo bloqueo, cuando la ley 27.078 dispone que para ello debería intervenir, de corresponder, la Justicia Federal.
Como si esto fuera poco, la ilegalidad del bloqueo de la plataforma Uber había sido advertida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la que al efectuar el informe anual de 2017 referente al ejercicio de la libertad de expresión en internet en los diferentes países de América condenó los bloqueos de la web, app y tarjetas de Uber. Lo mismo habían hecho organizaciones no gubernamentales como Freedom House o Access Now, para las cuales bloquear una página web o una aplicación es contrario a la libertad de expresión y al principio de neutralidad de la red, salvo en casos de pornografía infantil y apología del odio racial o la guerra.
La decisión del Tribunal Superior de la CABA es auspiciosa porque purga la inconstitucionalidad de las decisiones judiciales de primera y segunda instancia, satisface las necesidades de miles de habitantes que encuentran en ese servicio de intermediación una enorme utilidad y destaca el indisoluble vínculo que existe entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a comunicarse e informarse por medio de internet. Esos derechos estuvieron seriamente cuestionados durante la vigencia de un bloqueo inadmisible que afortunadamente forma parte del pasado y que no debería repetirse.
Una vieja historia cuenta que el rey Federico II de Prusia pasó por las tierras de un campesino en las que había un molino que este utilizaba para trabajar, y como el molino afectaba la belleza del paisaje quiso comprarle las tierras a su dueño para demolerlo. Ante la negativa del campesino, el rey ordenó expropiar sus tierras. El campesino acudió a la Justicia y esta impidió que se perpetrara el atropello, es decir, le advirtió al rey que todavía había jueces en Berlín.
A la luz del fallo del Tribunal Superior de la CABA, parece ser que "aún hay jueces en la ciudad de Buenos Aires".
Profesor de Derecho Constitucional UBA-UAI-UB