El debate por el aborto: tendría que ser una decisión del pueblo
El sistema democrático representativo que rige en la Argentina por específica disposición constitucional significa que si bien el pueblo es el titular del poder político, no lo ejerce sino a través de sus representantes, que son los que efectivamente debaten, deliberan y luego toman decisiones.
El órgano en el que esa representación se vislumbra más genuina es el Congreso de la Nación, porque es allí en donde la voluntad popular está más fielmente reflejada, merced a los sistemas electorales minoritarios que rigen para elegir a sus miembros. Pues es también a ese órgano al que nuestra Ley Suprema le asignó la potestad de legislar en materia penal, y el tema de la eventual despenalización del aborto lo es.
En el año 2018 el entonces presidente Macri envió un proyecto de ley al Congreso con esa finalidad. La Cámara de Diputados le dio media sanción por escaso margen, y por más escaso margen aún el Senado rechazó totalmente el proyecto, motivo por el cual no pudo ser nuevamente tratado en ese año.
Otra vez el país queda cruzado transversalmente por una discusión apasionada, de alto contenido emocional y en la que la vehemencia está tan exacerbada que todos creen tener, en esta cuestión, la razón absoluta
Iniciada la gestión de Alberto Fernández, la cuestión recobra relevancia, y el nuevo mandatario anuncia el envío de un nuevo proyecto al Parlamento, que en principio lo tratará durante este mes de diciembre. Otra vez el país queda cruzado transversalmente por una discusión apasionada, de alto contenido emocional y en la que la vehemencia está tan exacerbada que todos creen tener, en esta cuestión, la razón absoluta.
Justamente el apasionamiento que subyace detrás de un proyecto despenalizador del aborto, y que excede los postulados típicos del feminismo, hace que el tema no pueda quedar sujeto a los parámetros de la representación política. Por el contrario, deviene indispensable que, en esta cuestión, el pueblo participe directamente por medio de una consulta popular.
Este mecanismo de participación popular está expresamente previsto en la Constitución nacional desde 1994, y sin embargo jamás fue utilizado. Es este el momento perfecto para hacerlo debutar, y por lo tanto resulta oportuno recordar cómo funciona.
Quien debería efectuar la convocatoria a una consulta popular es el Congreso de la Nación, el cual podría asignarle, al eventual pronunciamiento popular, carácter obligatorio o no. Por expresa disposición constitucional, al presidente le está vedado convocar al pueblo para consultarle sobre el tema aborto, por cuanto es ello materia penal y, por lo tanto, privativa del Congreso.
Si el Congreso decidiera convocar a una consulta popular obligatoria, debería sancionar una ley de convocatoria, que el presidente no podría vetar; y en este caso el pueblo estaría obligado a votar por sí o por no a una consigna previamente elaborada por los legisladores (por ejemplo: "¿Está usted de acuerdo con despenalizar el aborto de un embrión hasta los tres meses desde su gestación?"). Luego, para que la decisión popular convierta el proyecto consultado en ley, debería concurrir a la compulsa al menos el 35% del padrón electoral nacional, y más de la mitad debería pronunciarse afirmativamente. El proyecto eventualmente aprobado, y convertido en ley, tampoco podría ser vetado por el presidente.
Si, en cambio, el proyecto fuera rechazado, no podría ser tratado nuevamente por el Congreso ni sometido a nueva consulta hasta pasados dos años.
Otra posibilidad sería que el Congreso decidiera convocar al pueblo a una consulta popular no vinculante, en cuyo caso no solo el voto no sería obligatorio, sino que además la decisión popular tampoco sería vinculante para los legisladores, aunque, de aceptarse popularmente el proyecto, aquellos deberían tratarlo en la primera sesión que tuvieran después de la jornada de consulta.
El mecanismo popular existe, y según la legislación vigente no hay objeción temática para consultar al pueblo sobre la cuestión del aborto. Estoy entre quienes piensan que la sensibilidad social que gira en derredor de esta problemática amerita convocar al pueblo para que se pronuncie directamente sobre ella. Sería justo, necesario y profundamente democrático.
Profesor de Derecho Constitucional (UBA)