El insólito embate contra Uber
Insólitamente, Uber se ha convertido en un enemigo declarado de las autoridades de la ciudad de Buenos Aires. En sí mismo ello no sería negativo, si no fuera porque va a contramano del deseo de la mayoría de sus habitantes.
¿Cuál puede ser el motivo de semejante embestida? En primer lugar debe advertirse que Uber no brinda un servicio de transporte, sino el de una simple intermediación tecnológica para que dos sujetos se contacten entre sí mediante una plataforma digital, con el objetivo de celebrar entre ellos un contrato de transporte que se rige por las disposiciones del Código Civil, en el cual Uber no es parte. A partir de este encuadre, a las autoridades le quedan dos alternativas: regularlo o no. Pues extrañamente, tal como ha ocurrido con otros servicios similares como los que brindan Mercado Libre o AirBnB (cuyos objetivos son los de intermediar entre dos sujetos que, contactados, celebran contratos de compraventa o de alquiler de inmuebles, respectivamente), en el caso de Uber no sólo han omitido su regulación, sino que además lo han prohibido.
Al hacerlo, las autoridades de la "ciudad de todos los argentinos" han incurrido en un importante error: asignar el mismo tratamiento jurídico al "transporte" y a la facilitación de "tecnología para el transporte". El primero es el objeto social de empresas de taxis y remises; el segundo, que no constituye un servicio público, es el desarrollado por Uber. Luego, al tratarse de un servicio no prohibido, su prestación está alcanzada por el principio constitucional contenido en el Art. 19 de nuestra Ley Fundamental, en función del cual "todo aquello que no está prohibido está permitido". En otro sentido, la falta de regulación de una actividad no puede jamás interpretarse como una prohibición para desarrollarla. Por eso, el desarrollado por Uber, no puede ser considerado un objeto social ilegal.
El encono de las autoridades contra Uber, aun cuando la sociedad aprecia y valora su utilidad, ha llegado a tal extremo, que la Justicia y los fiscales locales han decidido bloquear la plataforma digital de Uber en todo el país, combinando dos desatinos jurídicos: el de perseguir, por un lado, una actividad no prohibida, y por otro, el de extender los efectos de una sentencia dictada por un juez local a todo el territorio de la Nación, siendo ello absolutamente contrario al sistema federal de gobierno previsto en nuestra Ley Suprema, y por lo tanto inconstitucional.
Todo ello sobre la base del falaz argumento de la "seguridad". Falaz no sólo porque la aplicación de esta plataforma digital provee identificación del conductor en tiempo real y seguimiento del viaje vía Internet, sino porque además parecería privilegiar los intereses de los sindicatos vinculados con los taxis y remises por sobre los de toda una sociedad que ve en este tipo de servicio una enorme utilidad. Si fuera tal como parece, se pondría en jaque la legitimidad democrática de ejercicio al que todo gobierno elegido por el pueblo debe propender.
Profesor de Derecho Constitucional de la UBA, UB y UAI