Leyes que urge sancionar
En matería de legislación digital reinan los asuntos pendientes desde la sanción de la ley de delitos informáticos de 2008, y el vacío genera inseguridad jurídica. Uno de esos asuntos supone legislar en materia de "porno venganza", que consiste en la publicación no autorizada de imágenes o videos privados, generalmente con imágenes íntimas, que una persona publica por venganza.
El sexting o sexteo, modalidad de conducta por la cual grandes y chicos comparten imágenes o videos eróticos a través de WhatsApp u otros medios informáticos, se puso de moda, pero lo divertido deja de serlo cuando algún despechado utiliza el material para extorsionar a su víctima. Estas situaciones, que en Europa y Estados Unidos reconocen sanción legal, en la Argentina conllevan vacío normativo.
Otro tema pendiente comprende la actividad que desarrollan en la Argentina los buscadores de Internet (como Google), las redes sociales (como Facebook) y otros intermediarios que proponen "economías compartidas" como Uber o Airbnb. Ninguna ley en nuestro país establece reglas claras para su actividad (por cierto rentable).
Lo expuesto ha motivado sentencias contradictorias a la hora de juzgar la reputación y privacidad online, el uso indebido de la imagen personal y el derecho al olvido, situaciones que han sido legisladas adecuadamente en la Unión Europea (con la sanción del nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales en mayo de 2016). No obstante algunos lineamentos generales establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente de la modelo Belén Rodríguez, en un universo donde " todos somos lo que Google dice que somos", el tema no es menor.
Es cierto que en 2016 el Senado aprobó un proyecto de ley (los legisladores Pinedo y Fellner presentaron proyectos) sobre esta temática, pero éste requiere de una revisión en Diputados, ya que no considera cuestiones como la responsabilidad de intermediarios por daños causados en negocios de economías compartidas (Uber o Airbnb), las cláusulas de autolimitación de responsabilidad, el arraigo de jurisdicción de empresas que explotan negocios sin pagar impuestos en el país, como Twitter, Uber y Booking, entre otros.
Además, una normativa completa en la materia debería prever modificaciones en la legislación procesal que incluyan pruebas digitales, como la obligación de compañías como Apple Inc o WhatsApp Inc de suministrar información que mantengan en sus servidores en investigaciones criminales por terrorismo, pedofilia, tráfico de drogas, traición a la patria o afectación del orden público, como en el caso de la muerte del fiscal Alberto Nisman. ¿Cuánta información surgiría de los servidores de WhatsApp si se identificara la IP de las personas que estuvieron involucradas en este hecho?
Tampoco se ha legislado en materia de "sustitución de identidad digital" (uso indebido de la identidad de otra persona en redes sociales para la difamación, amenazas o acciones de grooming), ni en protocolos para que las redes sociales como Twitter o Facebook pongan límites a mensajes de violencia u odio (tema que actualmente se debate en Europa, en particular en Alemania) o amenazas, como las que ha sufrido el Presidente durante el pasado año.
Esperemos que este nuevo año actúe como disparador para resolver situaciones que impactan en la vida de todos los argentinos.
Abogado especialista en tecnología y redes sociales; profesor de la UBA y autor del libro Redes Sociales y Tecnologías 2.0