Los prisioneros de Guantánamo
El trato a los prisioneros talibanes y de Al-Qaeda y su enjuiciamiento en la base naval norteamericana de Guantánamo, Cuba, no pueden ser dejados al capricho del Pentágono. Ha habido reportes inquietantes sobre las condiciones en las que se encuentran estos detenidos. Y el martes último, una corte federal oirá las objeciones jurídicas relativas al trato que se les da.
Es de interés de Estados Unidos concederles a todos los prisioneros condiciones humanitarias de detención y normas básicas de un debido proceso. Estados Unidos debería representar el imperio de la ley, incluso cuando se trata de enjuiciar a enemigos violentos comprometidos a llevar a cabo ataques terroristas.
Es difícil decir cuántos prisioneros podrían tener el derecho legítimo al status de prisionero de guerra, dado que el Pentágono no ha proporcionado mucha información sobre a quiénes tiene detenidos ni de dónde son originarios. Hasta el momento, unos 150 prisioneros han sido llevados a Guantánamo. Es posible que finalmente sean cientos más.
El secretario de la Defensa, Donald Rumsfeld, parece ya estar convencido de que todos los detenidos son "combatientes ilegales" y por lo tanto, sin derecho, desde un punto de vista legal, a las protecciones de la Convención de Ginebra, reservadas para los prisioneros de guerra. Ningún enjuiciamiento debería empezar hasta que no esté resuelto ese asunto, de conformidad con los principios de las leyes estadounidenses e internacionales.
La Convención de Ginebra les confiere el status de prisionero de guerra a quienes fueron capturados como integrantes de las fuerzas armadas de un país, ya sea que su gobierno haya sido reconocido diplomáticamente o no por el gobierno que los tiene detenidos. Los integrantes de fuerzas irregulares también pueden tener ese derecho, siempre y cuando hayan portado algún tipo de insignia que los identificara o estuvieran operando bajo una clara cadena de mando en una unidad que actuara de acuerdo con las reglas de la guerra internacionalmente reconocidas.
Esta norma podría ser aplicada en el caso de los soldados que luchaban por el Talibán. Incluso, podría ser invocada por los miembros de las brigadas militares de Al-Qaeda que peleaban junto con las fuerzas talibanas, aun cuando tendrían muchas dificultades para demostrar el respeto de su organización a las reglas de la guerra. El status de prisionero de guerra no debería ser concedido a los líderes de Al-Qaeda o a quienes entrenaban en actividades terroristas en campos afganos.
Con las actuales regulaciones del Pentágono, los cautivos que reclaman ser prisioneros de guerra tienen el derecho a presentar sus demandas durante una audiencia especial presidida por tres oficiales militares estadounidenses, sin que se permitan apelaciones. Un enfoque más sensato sería aplicar las normas de la ley militar norteamericana, incluida la posibilidad de apelar.
Lo que está en juego va más allá de los tecnicismos jurídicos. Cualquier detenido que tiene el derecho a obtener el status de prisionero de guerra, no puede ser llevado ante las comisiones militares propuestas por el gobierno de Bush, sino que debe ser juzgado mediante el procedimiento normal de corte marcial o en tribunales civiles estadounidenses.
Al retener a los prisioneros de Guantánamo en una base militar fuera de Estados Unidos, el gobierno ha complicado la cuestión de la intervención judicial. Ello no exime al Pentágono de apegarse a las normas básicas estadounidenses de justicia y a la ley internacional aplicable.