Proteger a las familias migrantes
En 2011, el Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos (Ippdh) dio su apoyo técnico a los países del Mercosur, la Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, para presentar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su sede de Washington, los fundamentos de la solicitud de lo que luego sería la Opinión consultiva 21/2014: Derechos y garantías de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional, que fuera aprobada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En esa ocasión, tuve la oportunidad de acompañar esa propuesta como representante alterno del Paraguay en la Organización de Estados Americanos, siendo la primera vez que un bloque regional expuso, de manera consensuada, una respuesta adecuada al enfoque de los derechos humanos para afrontar la protección de los derechos de niños migrantes en todo el continente.
Se cumplen cuatro años de su aprobación y la situación de la movilidad humana en el mundo nos expone a la necesidad, cada vez con mayor urgencia, de recordar los fundamentos de la protección de los derechos humanos de las personas migrantes y, en particular, la doble vulnerabilidad de los niños y adolescentes migrantes.
Desde el Ippdh afirmamos que, desde principios del siglo XX, la protección de los derechos humanos es una cuestión de interés de la comunidad internacional. En la Sociedad de las Naciones (antecedente de la Organización de Naciones Unidas), establecida al final de la Primera Guerra Mundial, se intentó crear un marco jurídico y mecanismos de vigilancia internacional para la protección de las minorías. Los crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial dieron impulso definitivo al establecimiento de un sistema internacional vinculante de protección de los derechos humanos, con centro en la ONU.
En las últimas décadas, el derecho internacional de los derechos humanos ha fortalecido los estándares de protección para niños. Entre las múltiples situaciones que agravan su vulnerabilidad se cuenta la condición de migrantes. Los migrantes son un grupo en situación de vulnerabilidad, debido a situaciones de jure (desigualdades entre nacionales y extranjeros en las leyes) y de facto (desigualdades estructurales). Esto conduce a variadas formas de desigualdad en el acceso a los servicios públicos administrados por el Estado. Además, existen prejuicios culturales acerca de los migrantes, que favorecen la reproducción de sus condiciones de vulnerabilidad, como los prejuicios étnicos, la xenofobia y el racismo, que dificultan la integración de los migrantes a la sociedad.
Las reacciones en contra y la criminalización de los migrantes en países tradicionalmente respetuosos de los derechos humanos obligan a redoblar esfuerzos para promover, en foros internacionales y ámbitos regionales, acciones de protección y garantía de los derechos humanos de los migrantes y sus familias. El Mercosur promueve una respuesta solidaria y respetuosa de los estándares de derechos humanos ante la migración masiva de venezolanos. Los países sudamericanos muestran que, como antes con migrantes de Europa principalmente, América sigue siendo un continente de acogida, refugio, asilo e integración.
En el ámbito de los grupos de investigación del Ippdh, estamos impulsando la iniciativa denominada Foco Niñez Migrante, dirigida a profundizar el análisis y los desarrollos de política pública regionales para prestar asistencia técnica y cooperación a los Estados del Mercosur y asociados. Redoblemos el esfuerzo por los derechos de los niños migrantes, porque ellos son una de las razones más importantes de nuestro compromiso con el futuro compartido.
Secretario ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur
Juan Miguel González Bibolini