Una catarata de arrepentimientos que avalan a la Justicia
Las detenciones múltiples impidieron que los acusados coordinaran sus pasos para frustrar la investigación
Cómo se desbarata (perdón por el juego de palabras) una trama de corrupción tan sistémica que, todo indica, involucró durante años a dos presidentes de la Nación, poderosos ministros, jefes de Gabinete, un secretario de obras públicas, su subsecretario y colaboradores de todo tipo? Si como parte de este mismo esquema empresarios que debían pujar por la adjudicación de obras mediante la mejor oferta ("mejor" para la ciudadanía, se entiende) acordaban de antemano quién ganaría cada licitación, convirtiéndola en una parodia de tal, y negociaban además los porcentajes de "retorno" para los que se las adjudicaban, ¿cómo esperar que semejante entramado de corrupción pueda ser investigado y castigado por la Justicia con algún mínimo de esperanza?
Si mientras todo este cuadro se desarrollaba organizadores y jefes de la asociación ilícita se hacían -según la admisión de los intervinientes- de millones de dólares y pesos mediante periódicos "deliveries" de bolsos en sótanos y cocheras, y parte de ese efectivo era luego acercado a financistas asociados a la misma trama de opacidad sin que los organismos de control (llámense Unidad de Investigación Financiera, Sindicatura General o Auditoría General de la Nación), pese a los valientes y en general minoritarios informes de Leandro Despouy, hicieran observaciones al respecto, ¿qué mecanismos estaban realmente disponibles para poner coto a todo esto?
Para colmo, cuando las denuncias motorizadas por valientes políticos o sectores del periodismo lograban reunir evidencias de "sobreprecios" y elusión de mecanismos de control, se abrían investigaciones que chocaban con planteos de nulidad que solían encontrar en algunos jueces y en una siempre dispuesta Sala de la Cámara Federal de Apelaciones rápido acogimiento. Lo sucedido con las pruebas recolectadas en la causa "Skanska", en la que abiertamente esta empresa confesó el pago de "comisiones indebidas", o los correos capturados de los registros informáticos de un cercano colaborador de Ricardo Jaime que daban cuenta de casos de cohecho (puntualmente excluidos de la causa por la obra conjunta del juez Oyarbide y de sus superiores en esa sala de la Cámara), constituyen suficiente muestra de lo que afirmo.
Un último factor debe ser aquí ponderado. Salvo la súbita aparición de alguna persona consumida por la culpa, muy improbable dado todo este cuadro, tampoco existía en nuestro sistema legal una herramienta útil para destruir el "pacto de silencio" implícito entre quienes se sumaban a quebrantar la ley en su propio beneficio. Cuando la Justicia investigó el pago de sospechosas y altísimas comisiones para acceder a la exportación de maquinaria agrícola a Venezuela, los empresarios involucrados acordaron un libreto único que los llevó incluso a negar que una firma brasileña había ofrecido exportar las mismas maquinarias con una comisión sensiblemente más baja y por servicios realmente prestados.
En las últimas semanas hemos asistido a la utilización de la reciente "ley del arrepentido", con resultados que están a la vista de todos. Los arrepentimientos han venido como en "cascada", a tal punto que carece ya de sentido cuestionar que los famosos "cuadernos" del señor Centeno sean en verdad fotocopias. Se trata además de confesiones de representantes de cada uno de los estamentos necesarios para que esta tremenda maquinaria de la ilegalidad pueda haber funcionado durante tanto tiempo. Pero los cuestionamientos aparecen ahora dirigidos en otra dirección. Apuntan a que los "arrepentimientos" estuvieron solo motivados en un deseo de recuperar la libertad, lo que los volvería por esa razón moral y jurídicamente observables. No ha faltado quien, con uso de una metáfora excesiva, los ha calificado de actos de "tortura" y otros que, ya mediante algo parecido al dislate, califican a los periodistas que destaparon esta olla y su vínculo con los fiscales intervinientes como un "grupo de tareas".
Para poner un poco de orden respecto de estas imputaciones, debe partirse de una pregunta básica: si el juez de la causa contaba con fundamentos serios para librar las órdenes de detención que fueron el punto de partida de tantos "arrepentimientos". Un juez no debe detener a personas, a falta de serios indicios, solo para "tantear" posibles escenarios de contrición. Pero si esos indicios existían, habían sido corroborados y diversos factores ayudaban a dar credibilidad a las manifestaciones de los cuadernos, la suma de esa prueba más la extrema gravedad de los hechos imputados brindaba al magistrado el suficiente marco para detener y escuchar, en indagatoria, a los distintos involucrados.
La decisión de denegarles inicialmente la libertad, decisión fundamental para que optaran por cooperar a cambio de un mejor tratamiento procesal o una reducción de su condena, ha sido también fuente de cuestionamientos. Y es aquí donde todo el cuadro descripto al comienzo sobre inevitables pactos de silencio y ocultamiento sistemático de evidencias se vuelve relevante. El juez bien debe haber pensado que necesitaba explorar, inicialmente, si algún imputado contribuía a ampliar el marco probatorio hasta allí reunido, lo que justificaría el dictado de nuevas órdenes de detención. Los diversos imputados, entonces, se vieron sorprendidos por una suerte de avalancha de detenciones y medidas de investigación que les impidió coordinar sus pasos para frustrar, como había sucedido tantas veces en el pasado, el éxito de la investigación.
La rapidez y amplitud de los arrepentimientos ciertamente parecen haberle dado al magistrado la razón. Que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo es una garantía constitucional que no debe ser siquiera discutida. Pero comunicarle a un imputado una serie de elementos probatorios que lo comprometen y que cada imputado, debidamente asesorado por su defensor, haya contribuido rápidamente a evitar nuestras recurrentes frustraciones a la hora de llevar a juicio a sospechosos de saqueo de fondos públicos no parecen ciertamente un ataque a esa preciada garantía que nació para evitar que el Estado despliegue su poderosa maquinaria para extraer una confesión respecto de quien se encuentra en una situación de clara desventaja. Toda la cornucopia de corrupción de la que hicieron gala durante años estos imputados, incluidos presidentes, ministros y colaboradores, más una apreciable gama de empresarios y algún que otro financista, no parece ser el escenario de "desventaja" que se tuvo en cuenta al sancionarla.
Esperemos ahora que, con celeridad, pueda afrontarse la parte más importante del proceso. Que en un juicio oral y público pueda testearse, con el consiguiente marco de garantías, si la prueba reunida supera los estándares que permitan adjudicar las culpabilidades correspondientes, con observancia de la también preciada "presunción de inocencia". A juzgar por la catarata de confesiones y arrepentimientos, parece difícil pensar que haya espacio para concebir mucho de esto último.
Abogado constitucionalista