Una década de indiferencia
La Corte Suprema de la Nación publicó los temas para tratar este año, entre ellos una causa que remite al defensor del Pueblo de la Nación c/Anses, con relación a la igualdad de derechos de los jubilados en su remuneración, presentada en febrero de 2009. A fines de 2007, la Corte dictó un fallo a favor del jubilado Adolfo Badaro, reconociéndole que la movilidad jubilatoria debía ser calculada sobre la base del índice de aumento del nivel general de salarios elaborado por el Indec.
Esto determinó que el señor Badaro debía percibir un incremento en su jubilación del 88,57%, y un retroactivo entre los años 2002 y 2006. Fundamentó su sentencia en la garantía constitucional de movilidad en los haberes jubilatorios y pensiones (artículo 14 bis). Como defensor del Pueblo de la Nación recomendé a la Anses trasladar ese criterio a todos los jubilados y pensionados que estuvieran en la misma situación que Badaro. La Anses rechazó nuestra presentación.
En marzo de 2008 ante los tribunales de la Seguridad Social iniciamos una acción judicial de carácter colectivo en representación de miles de jubilados y pensionados, sosteniendo que tenían y tienen iguales derechos que el señor Badaro. En junio el Juzgado Federal de Primera Instancia falló a favor y ordenó que sin iniciar juicio, todos los jubilados que están en la condición de Badaro solo deben presentarse ante el organismo de Seguridad Social y acreditar tal situación para poder acceder al beneficio. Y agregó: "Que el defensor del Pueblo y la Anses coordinen dicha tarea para resolver rápidamente los casos que tengan dificultad". Un fallo ejemplar y práctico.
Días después la Anses rechazó el fallo y apeló con un argumento falaz y espurio: "El defensor del Pueblo no tiene legitimación para representar al colectivo de jubilados". Lo grave es que en octubre de 2008, la Sala 3 de la Cámara de Seguridad Social convalidó ese falaz planteo dejando sin efecto el fallo de primera instancia, fundando su postura en una jurisprudencia del siglo pasado. En febrero de 2009 fuimos ante la Corte Suprema en queja, solicitando el pronto tratamiento del caso, dado que el colectivo por el cual veníamos a reclamar era un sector vulnerable de la sociedad al que estaban privando de sus derechos.
No sé cuál será el fallo definitivo, pero desde lo patrimonial estará fuera de contexto; ya se dictaron nuevas normas de movilidad, algunos cobraron el juicio individual que se vieron obligados a iniciar, muchos fallecieron, otros se acogieron a la ley de reparación histórica, etcétera. Pero esta causa es una demanda por los derechos colectivos de un sector de la comunidad, vulnerable, que deriva en una cuestión patrimonial.
Como defensor del Pueblo durante 10 años llevé adelante muchos casos en defensa de los derechos colectivos de sectores de la comunidad, los tobas en el Chaco, los wichis en Formosa, la causa del Riachuelo; muchas con servicios públicos, entre otras, sobre la base de la legitimación procesal que tiene el defensor del Pueblo "para la defensa y protección de los derechos humanos ... garantías e intereses tutelados por esta Constitución..." (artículo 86). Sin embargo, el Poder Ejecutivo de entonces violentó esta manda constitucional, una Cámara de Seguridad Social se lo convalidó y nuestro máximo tribunal de Justicia hace diez años que no resuelve.
Una causa vinculada a los derechos humanos del colectivo de jubilados y pensionados, de cuyos ingresos depende su calidad de vida. "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica [...]" (artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Esto que acabo de describir muestra la injusticia e indiferencia por nuestros mayores, y nos está diciendo que la verdadera crisis no es solo económica, es fundamentalmente institucional y moral.
Se requiere una profunda transformación cultural, en la que cumplir con la Constitución y las leyes no sea una opción, sino una obligación ineludible, en especial para quienes ejercen la función pública. Una democracia con plena vigencia, con división de poderes, podrá garantizarnos un mejor destino para las próximas generaciones. Seguir institucionalmente igual traerá más decadencia, más pobreza y menos libertad; en cada tiempo histórico los pueblos eligen su destino y nosotros estamos a tiempo de elegir el nuestro en este complejo siglo XXI.
Exdefensor del Pueblo de la Nación
Eduardo Mondino