A tres años de la muerte del ex fiscal Alberto Nisman, su denuncia aún permanece abierta. Sufrió un derrotero extenso desde que Ariel Lijo se declaró incompetente el 2 de febrero en 2015, se elevó el expediente a la Cámara Federal y por sorteo recayó en el juzgado de Daniel Rafecas, quien desestimó la denuncia. Recién después de pasar por todas las instancias judiciales y estar dos años inactiva, la Cámara de Casación decidió reactivarla a fines del 2016 y la causa recayó en manos de Ariel Lijo.
En mayo del año pasado, tras resolver sobre un conflicto de competencias, el presidente de la Cámara Federal Martín Irurzun decidió que Claudio Bonadio, el titular del juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, continúe con la investigación. Él ya tenía con anterioridad un expediente conexo en el que se acusaba al ex canciller Héctor Timerman por traición a la patria.
Gerardo Pollicita, el fiscal a cargo de la instrucción de la causa que contempla la existencia de un plan de encubrimiento destinado a dotar de impunidad a los imputados iraníes por el atentado a la AMIA con el fin de promover un acercamiento geopolítico y restablecer un intercambio comercial, amplió la investigación y reforzó esta hipótesis con múltiples medidas de prueba.
Bonadio utilizó los nuevos fundamentos para la resolución presentada en el diciembre pasado en la que dispuso el procesamiento con prisión preventiva de Cristina Kirchner, Héctor Timerman, Carlos Zannini, Yussuf Khalil, Fernando Esteche y Luis D'Elía. Además, ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de Eduardo Zuain, Juan Martín Mena, Angelina Abonna, Oscar Parilli, Andrés Larroque y Allan Bogado. Y determinó la falta de mérito para procesar y/o sobreseer a Luciano Clement, José Alberto Mercado, Alberto Pedro D'Alotto y Susana Cerruti.
La Cámara Federal ratificó la decisión del juez federal, pero modificó la calificación del delito. La figura penal por la que quedaron procesados son abuso de autoridad y encubrimiento agravado. Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah sostuvieron que no puede aplicarse el delito de traición a la patria porque "requiere una situación de guerra".