El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el procesamiento de Daniel Santoro
Advirtió que medidas como las que tomó el juez Rodríguez atentan contra las libertades de prensa y de expresión; rechazó que el ejercicio neutral del periodismo pueda ser considerado como parte de un “plan criminal”
El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires expresó hoy su rechazo al fallo del juez federal Luis Rodríguez que procesó y dictó un embargo de $850.000 al periodista Daniel Santoro, del diario Clarín, a quien acusa de una presunta extorsión a un empresario.
“Asignar al ejercicio neutral de la actividad de un periodista el carácter de una contribución directa a un plan criminal resulta una circunstancia tan grave como inquietante que no puede pasar desapercibida en una sociedad plural en la que se respete la garantía constitucional de que personas y periodistas puedan publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”, advirtió la entidad en un comunicado titulado “Otra vez en vilo las libertades de prensa y expresión”.
El directorio del Colegio recordó el reciente Informe Anual 2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vinculado al Desarrollo de los Derechos Humanos en la Región, que al referirse a la Argentina (Capítulo IV.A. 62) celebraba la decisión judicial de revocar el procesamiento de Santoro respecto de la investigación de su presunta participación de actividades ilegales como miembro de una “asociación ilícita paraestatal” dedicada al espionaje ilegal y la inteligencia interna.
“Sin embargo, sorpresivamente, y prácticamente de modo concomitante, el juez federal Luis Rodríguez, a través de una reedición de la interpretación sostenida por el entonces juez federal de Dolores, determina ahora el nuevo procesamiento, sin prisión preventiva, de Daniel Santoro por supuesta extorsión, adicionando un embargo de $850.000″, señala el Colegio. En ese sentido, expresó su “preocupación ante la recurrencia de cuestionables resoluciones jurisdiccionales que por vía directa o indirecta buscan vulnerar la expectativa de la ciudadanía a ejercer sus derechos en un ámbito en el cual la libertad de expresión y su derecho a informarse tengan plena vigencia”.
El fallo de Rodríguez ya había sido cuestionado por la Academia Nacional de Periodismo, que ayer lo consideró “un precedente de enorme gravedad” y advirtió: “Un periodista no debe ser juzgado por sus fuentes y nadie debe ser condenado sin las suficientes pruebas. Santoro fue condenado por el juez Rodríguez por un superficial contacto con una fuente de información. Y el magistrado no aportó ninguna prueba en su extenso dictamen de la supuesta complicidad del periodista con un delito”.
Rodríguez consideró que Santoro fue “partícipe necesario” de la maniobra en la cual -según la denuncia- se le pidió a Traficante el pago de 600.000 dólares para no quedar involucrado en la causa judicial por contrabando de mercaderías conocida como “mafia de los contenedores”. “Daniel Pedro Santoro tuvo un importante rol en el suceso criminal investigado, teniendo incidencia directa sobre la credibilidad de los dichos de [Marcelo] D’Alessio hacia [Daniel] Traficante, en la intimidación moral que ejerciera sobre éste o que introduce información falsa para contribuir en una extorsión en curso”, sostuvo el juez.
El juez Luis Rodríguez me procesó sin una sola prueba de que yo participé o sabía de un intento de extorsión. Y lo absurdo es que una consulta que le hice a traficante antes de publicar la nota, es una ¡prueba de la extorsión! ¿Debería no haberlo llamado un día antes de publicar? pic.twitter.com/blyrbL6deG
— daniel santoro (@dsantoro59) April 19, 2021
Santoro consideró “absurdo” que se considerara como parte de la extorsión que hubiera consultado a Traficante antes de publicar una nota sobre el caso. “¿Debería no haberlo llamado un día antes de publicar?”. A su mensaje, adjuntó una captura de una conversación de WhatsApp fechada el 25 de noviembre de 2016. Allí se lee un pedido de consulta periodística a Gabriel Traficante que nunca obtuvo respuesta.
Otros rechazos
Además del Colegio de Abogados y de la Academia Nacional de Periodismo, el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) emitió un comunicado para rechazar la decisión del juez Rodríguez. “Fopea condena este nuevo abuso contra un periodista basado en la misma errónea y falaz interpretación que utilizó el juez Ramos Padilla”, indicaron. Y la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) mostró “su preocupación” por la resolución de Rodríguez quien consideró que el periodista fue “partícipe necesario de la maniobra”, cuando “no hay pruebas de que haya actuado con dolo o haya recibido un beneficio económico de parte del acusado”.
La asociación reclamó que “no deben confundirse las conductas o los antecedentes que posean eventuales fuentes de información periodística con el trabajo que hacen los profesionales de prensa para llevar datos de interés público a conocimiento de la audiencia”.
Otra entidad que se pronunció en defensa de Santoro fue la Fundación LED, que dirige la exdiputada Silvana Giúdici (Juntos por el Cambio): “Esta resolución adoptada por el magistrado Luis Rodríguez en el marco de la causa ‘D´Alessio, Marcelo Sebastian y otros s/ asociación ilícita, etc’, vuelve a poner en riesgo el pleno ejercicio de la labor periodística. Reiteramos como siempre la importancia de respetar las decisiones judiciales, pero no podemos dejar de remarcar que la utilización de procesos judiciales como herramienta para controlar o acallar la labor periodística es claramente contraria a los principios legales de nuestro país y a los que sostiene el sistema Interamericano de Derechos Humanos”.
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