Transparencia en la gestión pública. El Gobierno no cumple el decreto que regula el lobby
A pesar de estar en vigor desde hace 50 días, pocos funcionarios respetan la norma
Si el decreto que regula la actividad de lobby se cumpliera, cualquier ciudadano podría conocer un resumen de la reunión que el jefe del Estado tendrá pasado mañana en Madrid con Alfonso Cortina, presidente de Repsol YPF, o el jueves, con Francisco González Rodríguez, máxima autoridad del BBV (Banco Bilbao Vizcaya).
Sin embargo, pese a que hace 50 días el decreto que regula la actividad de lobby está vigente, aún es difícil conocer las audiencias que, por gestión de intereses, desarrollan los funcionarios obligados a hacerlas públicas.
Desde el 4 de diciembre pasado, el Presidente de la Nación, los ministros y todos los funcionarios con cargos equivalentes al de director general tienen la obligación de difundir por Internet todas las audiencias vinculadas a gestión de intereses particulares, más conocida como lobby.
El informe de cada encuentro debe contener también un detalle de los asuntos tratados y el resultado de la reunión.
Sólo las carteras de Economía, de Interior y de Planificación Federal obedecen parcialmente la norma.
Si bien las páginas de Internet de estos tres ministerios tienen una nómina de las audiencias que mantuvieron sus funcionarios, pocos cumplen el requisito de publicitar una síntesis del contenido de la reunión.
La Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia, que depende de la Jefatura de Gabinete, es la autoridad de aplicación de la norma. Según su titular, Marta Oyhanarte, la implementación del registro de audiencias sólo estará funcionando en su totalidad a mediados del mes próximo.
"Estamos trabajando con la gente de informática para poder tener un sistema común para todos los funcionarios obligados. Esa tarea va a llevar alrededor de un mes", pronosticó.
Más transparencia
"Sabemos que no es una tarea fácil. No se cambia la cultura del soborno de un día para el otro", dijo la funcionaria.
El decreto de acceso a la información pública, que lleva el número 1172/03, define la gestión de intereses como la actividad desarrollada por una persona cuyo objetivo sea influir en ejercicio o en las decisiones del Poder Ejecutivo Nacional.
Cada una de las personas obligadas a publicar las audiencias, deben llevar un registro que contenga los datos del solicitante, los intereses que se invocan, los participantes del encuentro y una síntesis del contenido de la audiencia.
La Oficina Anticorrupción es el área encargada de recibir, formular e informar a las autoridades responsables las denuncias por incumplimiento del decreto. Por ahora, en su página de Internet, no se puede realizar alguna denuncia.
Escasos datos
La agenda del presidente Néstor Kirchner también está alcanzada por esta regulación. Las reuniones del Presidente, que en el acto de presentación del decreto dijo que con esta norma se comienza a recorrer "el camino para reconstruir el país y su calidad institucional", aún no están disponibles.
Según pudo comprobar LA NACION en una recorrida por los ministerios, el acatamiento del decreto es dispar.
Mientras que en las carteras de Economía, de Interior o de Planificación Federal se pueden consultar en las páginas de Internet las audiencias por gestión de interés que han mantenido todos los funcionarios ministeriales, incluidas las de sus titulares -Roberto Lavagna, Aníbal Fernández y Julio De Vido-, en otros hay un desconocimiento total de la norma.
La Jefatura de Gabinete tampoco tiene el registro en línea. En los ministerios de Educación, de Defensa, de Justicia, de Relaciones Exteriores y de Salud, si bien no están cumpliendo con la norma, reconocieron estar trabajando en la implementación.
En la cartera de Trabajo y en la de Desarrollo Social no hay información respecto de los tiempos de implementación.
Mientras tanto, quienes se reúnan con De Vido, con Fernández o con Lavagna para hacer lobby deberán saber que su encuentro trascenderá a la ciudadanía.
Los que tengan audiencias con el Presidente o con alguno de los otros ministros por ahora podrán seguir disfrutando de la complicidad que otorga el anonimato.
Apuran la aplicación
Si bien el régimen previsto por la norma todavía no se encuentra funcionando totalmente, en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia, a cargo de Marta Oyhanarte, intentan acortar los plazos de la puesta a punto.
Durante la semana, se avanzó en la implementación de un sistema informático que pueda ser utilizado por todos los organismos obligados.
Este programa informático, que actualmente está en etapa de pruebas de la versión piloto, permitirá consultar por funcionario o por solicitante, por día de la audiencia o por tipo de interés que se invoca.
Además, cada ministerio, deberá nombrar dos enlaces, que tendrán a su cargo la tarea de hacer de nexo entre la subsecretaría y el organismo.
Otros aspectos del decreto
Acceso a la información pública: cualquier ciudadano, sin necesidad de invocar un interés particular, puede solicitar información de organismos bajo la órbita del Poder Ejecutivo. La solicitud debe realizarse por escrito. El trámite es gratuito, aunque el costo de las fotocopias del informe deben ser abonadas por el reclamante. El pedido debe ser satisfecho en 10 días. Este punto del decreto estará operativo a 90 días de su publicación, es decir, a mediados de marzo.
Difusión por Internet del Boletín Oficial: en la página de Internet www.boletinoficial.gov.ar se puede consultar la totalidad del texto en el día de su publicación.
La página da la posibilidad de imprimir desde cualquier computadora y en forma gratuita el texto completo.
Audiencias públicas: se habilita un espacio para que quien pueda verse afectado o tenga un interés particular o general exprese su opinión. Cualquier ciudadano o persona jurídica mediante presentación fundada está habilitado a solicitar audiencia. El Poder Ejecutivo se debe expedir en no más de 30 días.
Elaboración participativa de normas: habilita un procedimiento para proponer y opinar sobre normas propuestas por el Poder Ejecutivo. Cualquier ciudadano está habilitado para solicitar la apertura de procedimiento de Elaboración Participativa de Normas. La autoridad responsable debe contestar en un plazo no mayor de 30 días.
Reglamento de reuniones de los entes reguladores: aprueba un reglamento mediante el cual las reuniones de los entes reguladores son abiertas y con participación ciudadana, y habilita un espacio para que se observe el proceso de toma de decisiones. Establece que todas las reuniones de los entes son públicas y abiertas.
lanacionar