Juzgar delitos, no una política
La reapertura de esta causa no debe hacer olvidar que la tarea del juez Norberto Oyarbide es la de investigar crímenes y no la de juzgar una política económica.
Ayer, el magistrado declaró la inconstitucionalidad de los indultos que beneficiaron al ex ministro del Interior Albano Harguindeguy y al ex ministro de Economía Alfredo Martínez de Hoz.
A estas alturas, ningún tribunal le cuestionará su decisión y, tarde o temprano, la Corte Suprema terminará por convalidarla.
En efecto, primero fueron anuladas las leyes del perdón. Los jueces inferiores y, finalmente la Corte, cuando resolvió el caso Simón en 2005, declararon la invalidez de las leyes de amnistía que obstaculizaron la investigación de los delitos de lesa humanidad -entre los que se incluyen el encarcelamiento arbitrario, la tortura y otros crímenes aberrantes-, que para la Justicia son considerados imprescriptibles.
Y en el citado caso Simón hay una pauta de que la Corte terminará, también, por invalidar los indultos: el tribunal citó el fallo de la Corte Interamericana en el caso Barrios Altos (2001) y otras decisiones de la Comisión Interamericana, de las cuales surge que esos organismos internacionales consideran nulas no sólo las leyes de amnistía, sino "cualquier medida" -como los indultos, por ejemplo- que puedan frenar la investigación de los delitos de lesa humanidad.
* * *
Se puede afirmar, a esta altura, que la Justicia ya tomó un camino irreversible. Se puede discutir, desde el punto de vista político, si es adecuado reabrir constantemente hechos ocurridos hace más de treinta años. Algunos también sostienen, incluso desde el punto de vista jurídico, que los delitos cometidos por los terroristas -los de entonces y los cometidos ahora en otras latitudes- no deberían prescribir. Pero todas ésas son discusiones.
En cambio, para la Justicia está fuera de toda discusión, desde el punto de vista jurídico, que los crímenes de lesa humanidad no prescriben. Así, todo hace suponer que, durante muchos años, se irán abriendo investigaciones, una tras otra, sin que el tiempo pueda borrar o hacer olvidar esos crímenes.
Pero una cosa es investigar crímenes y otra es pretender investigar la política económica.
Hay, en el dictamen de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, una lógica sugerente, pero que tiene ciertos riesgos si se la lee a la ligera: dice el dictamen que en aquellos años existió un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, afirma que fue una particular forma de hacer política y sostiene: "En este caso -el secuestro extorsivo de los hermanos Gutheim- nos encontramos con un modo peculiar de hacer política económica".
El razonamiento puede generar cierta confusión.
En efecto, si hubo un plan sistemático para cometer crímenes, puede y debe ser castigado. Y si se cometieron delitos para facilitar medidas económicas (el fiscal dice que los hermanos Gutheim fueron secuestrados para obligarlos a exportar algodón a Hong Kong a determinado precio ), esto también puede ser investigado. Pero la ejecución de una política económica, por criticable que haya sido, no es un acto criminal en sí mismo.
En otras palabras, el juez, si pretende mantener la causa dentro de los carriles apropiados, para indagar y procesar a Martínez de Hoz, deberá reunir pruebas que lo vinculen con el delito, antes que lincharlo por sus desaciertos económicos.
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