La Corte puso otro freno al Gobierno: falló contra los conjueces oficialistas
Declaró nula una lista de suplentes que había impulsado para cubrir vacantes en el máximo tribunal; adujo que fue inconstitucional su aprobación en el Senado
La Corte Suprema desbarató el proyecto que pergeñaba el Gobierno para ampliar la composición del alto tribunal con el fin de completarlo con conjueces seleccionados de una lista mayoritariamente afín al oficialismo. Esa lista había sido aprobada el año pasado por los senadores kirchneristas, pero los magistrados resolvieron que aquella lista de abogados es nula.
El fallo es una señal inequívoca de que la Corte está dispuesta a resistir la maniobra oficialista, que, ante la imposibilidad del Senado de aprobar el pliego de Roberto Carlés, busca modificar la composición del cuerpo y completar las nuevas vacantes con abogados oficialistas nombrados al margen de la Constitución Nacional.
La sentencia abunda en conceptos sobre la obligación del Gobierno de "respetar las normas de la Constitución Nacional", que establece que el pliego de los jueces de la Corte debe ser aprobado por dos tercios de los senadores presentes, "para evitar el favoritismo presidencial" y "asegurar la independencia judicial".
El tribunal que preside Ricardo Lorenzetti, por unanimidad, señaló que, cuando el 21 de mayo de 2014 el Senado aprobó una nómina de letrados para que actuaran como conjueces, no cumplió con la exigencia que establece el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional. En total, hay 72 senadores y, cuando no falta ninguno a la sesión, un pliego debe alcanzar el difícil número de 48 votos.
En aquella sesión, sin embargo, el Frente para la Victoria, sabiendo que no lograba esa mayoría calificada, decidió avanzar igualmente y aprobó la lista que había enviado la presidenta Cristina Kirchner -con el nombre de diez abogados, la mayoría de fuerte filiación oficialista- con el apoyo de sólo 39 votos, lejos de la mayoría calificada.
Hace dos semanas, el propio Lorenzetti, en una entrevista con la nación, anticipó que la Corte tenía a estudio este tema. Y si bien el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, aseguró que el Gobierno no impulsa ningún proyecto en ese sentido, los magistrados supremos decidieron enviarle ayer al Ejecutivo un mensaje inequívoco y marcarle un fuerte límite. En aquella sesión de mayo de 2014, el senador Ernesto Sanz dijo que la postura de la UCR era que "estos conjueces requieren de dos tercios para ser aprobados" y los bloques de Pro, el Peronismo Federal y el Frente Amplio-UNEN compartieron la posición y votaron en contra de la lista.
Además, a fines del año pasado, toda la oposición llegó a lo que se conoce como el Compromiso de los 28, por el cual los legisladores prometieron no darle a la Presidenta el apoyo para nombrar a cualquier candidato que propusiera para reemplazar a Raúl Zaffaroni, quien renunció en diciembre. Por eso, la semana última el bloque oficialista no pudo someter a votación el pliego de Carlés, ante la imposibilidad de alcanzar los dos tercios y, en ese contexto crispado, se encendieron las alertas ante una nueva posible jugada del Gobierno.
Desde hace meses, circulan en la Corte varios casos en los que se impugnó aquella lista de conjueces. En el caso "Aparicio", resuelto ayer, un grupo de jueces sostiene que sus sueldos fueron mal actualizados. Pero como se excusaron los jueces de la Corte y los conjueces camaristas, el Gobierno se ilusionó con poder filtrar a los conjueces abogados impulsados por la Presidenta.
La Corte quiso dejar en claro que no dejará margen para eso y, en su fallo, incluyó varios mensajes claros y contundentes:
- "El sistema de designación de jueces encierra la búsqueda de un imprescindible equilibrio político, pues el acuerdo del Senado es un excelente freno sobre el posible favoritismo presidencial". Ése "es uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes, que busca impedir que prevalezcan intereses subalternos sobre el interés supremo de la Justicia".
- Se busca evitar que el presidente pueda por sí nombrar jueces ejerciendo "una facultad peligrosa y corruptora de distribuir empleos honoríficos".
- Si bien los conjueces no actúan en forma permanente, sino que sólo intervienen en una causa determinada, cuando se excusan los jueces de la Corte y también los camaristas federales (que son citados a intervenir antes que los conjueces abogados), la Corte señala que "la provisionalidad" con que se desempeñan esos conjueces "no debe significar una alteración al régimen de garantías" de la independencia judicial.
- "A partir de 1994, la Constitución Nacional, para consolidar la independencia judicial, estableció que el Senado debe dar acuerdo con una mayoría calificada" que el artículo 99 inciso 4 fija en dos tercios de los senadores.
- E, incluso, la Corte hizo algo que no suele hacer: se inmiscuyó en el Reglamento de la Cámara de Senadores y advirtió que ese texto regula en un mismo párrafo el nombramiento de jueces y conjueces de la Corte y no establece diferencias.
Fundamentos de la decisión del tribunal
Mayoría calificada
"A partir de 1994, la Constitución Nacional, para consolidar la independencia judicial, estableció que el Senado debe dar acuerdo con una mayoría calificada"
Equilibrio político
"El sistema de designación de jueces encierra la búsqueda de un imprescindible equilibrio político, pues el acuerdo del Senado es un excelente freno sobre el posible favoritismo presidencial"
Facultad peligrosa
Se busca evitar que el presidente pueda por sí nombrar jueces ejerciendo "una facultad peligrosa y corruptora de distribuir empleos honoríficos"
Régimen de garantías
La Corte advirtió que "la provisionalidad" con que se desempeñan los conjueces "no debe significar una alteración al régimen de garantías" de independencia judicial
lanacionarDEL EDITOR: qué significa. La Corte ya había expresado su oposición a una modificación de su composición. El fallo de ayer cierra la puerta al intento oficial de ampliación.
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