La Corte rechazó un planteo de la UCR contra la ley de lemas en Santa Cruz
La Corte Suprema rechazó este martes, por unanimidad, un planteo de inconstitucionalidad contra la ley de lemas, todavía vigente en Santa Cruz, que le permitió a Alicia Kirchner ganar la gobernación.
Si bien todos los miembros de la Corte votaron en el mismo sentido, solo Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti hicieron un voto común. Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Elena Highton firmaron cada uno un voto propio.
Los cinco coincidieron, no obstante, en que se trata de un asunto de derecho público provincial y en que no le corresponde a la Corte, máximo tribunal federal, intervenir en el asunto.
Los dirigentes de la UCR que promovieron este caso estaban preparados para un fallo adverso desde el lunes, cuando Lorenzetti, Maqueda y Rosatti tenían listos ya sus votos.
La opinión de que es un tema "de derecho público local" había sido sostenida en el proceso por el dictamen (no vinculante) de la fiscal Laura Monti, que le había recomendado a la Corte no admitir el recurso.
El máximo tribunal dictó este fallo en el caso "UCR y otros contra Estado de la provincia de Santa Cruz sobre amparo". Se trata de un planteo que hizo el excandidato a gobernador radical Eduardo Costa. Lo presentó antes de las elecciones de 2015. Él pretendía entonces no solo que se declarara inconstitucional la ley provincial 3415, en cuanto establecía la ley de lemas como método para elegir gobernador, sino además que la Justicia le ordenara a la provincia que "proclamara ganador de las elecciones" a quien obtuviera la mayoría "a simple pluralidad de sufragios".
En esas elecciones, Costa obtuvo más votos que Alicia Kirchner, pero ella sumó los del sublema del peronista Daniel Peralta y así se impuso. Con este fallo de la Corte, en Santa Cruz podrá volver a utilizarse el sistema de lemas, o de "doble voto simultáneo", en 2019. Es la única provincia que conserva este método para la categoría gobernador.
Los votos
Lorenzetti y Maqueda sostuvieron en su voto que el sistema federal se organiza en torno al principio de autonomía de las provincias, que se reservaron el poder de organizar sus instituciones y, por ende, de diseñar su régimen electoral. Dijeron que el límite de esa autonomía es la afectación de la forma republicana de gobierno, algo que en este caso no se demostró que hubiera pasado.
La Constitución de Santa Cruz establece que la elección de gobernador debe hacerse por "simple pluralidad de sufragios" y la Corte provincial entendió que la norma no distinguía entre votos a candidatos o partidos. Lorenzetti y Maqueda consideraron que el sistema de lemas no viola el igual valor que debe tener cada voto. Sostuvieron que a pesar de que un sistema electoral puede resultar inconveniente, eso no lo vuelve "inconstitucional".
En el mismo sentido, Rosatti dijo que es la comunidad santacruceña la que deberá decidir la vigencia del régimen de lemas en la provincia. Describió los diferentes roles entre el político y el juez, y dijo que mientras es tarea del político modificar las normas que puedan generar disconformidad, el juez debe distinguir entre disconformidad e inconstitucionalidad. Si el juez intentara suplir al político -advirtió-, estaría violentando la división de poderes.
Rosenkrantz subrayó en su voto que las cuestiones de derecho público local, como esta, están reservadas, en principio, a los tribunales de cada provincia. Advirtió que eso no significa que las disposiciones que las provincias adoptan en el ámbito de su organización institucional sean completamente inmunes a la revisión de la Corte Suprema, pero dijo que para que esa revisión proceda es necesario un "ostensible apartamiento del inequívoco sentido que corresponde atribuir a las normas de derecho público local". Según Rosenkrantz, en este caso la UCR no demostró que se haya hecho una interpretación tan errada de la Constitución provincial. Tampoco, que la ley de lemas encubra el favorecimiento de un determinado partido o lema a fin de perpetuarse en el poder. Rosenkrantz dijo que él no convalidaba la ley de lemas, sino que solo estaba rechazando los agravios presentados por la UCR en este caso.
Highton recordó que ante cuestiones electorales provinciales la Corte solo interviene si los tribunales locales se apartan de modo evidente del sentido de las normas locales y dijo que la UCR no logró acreditar que eso hubiera pasado.
Gil Lavedra, abogado de Costa, criticó el fallo de la Corte. Dijo que el tribunal entendió que la ley de lemas "es una opción razonable que no viola la Constitución Nacional" y que "las provincias podrán entonces dictar las normas electorales que crean más convenientes, sin temor a control alguno" de la Corte. "La oportunidad y el modo de decisión de la Corte cobran relevancia cuando varias provincias planean extender la reelección de sus gobernadores", se quejó Gil Lavedra. Según él, "si ello ocurriera, el retroceso institucional de la Argentina sería grave".
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