Los consorcios de edificios pueden acceder al ATP
Están habilitados para pedir la ayuda del Estado; podría bajar el nivel de las expensas
Los consorcios, en su carácter de empleadores, fueron autorizados a inscribirse en el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y solicitar la ayuda del Estado para el pago de la mitad de los sueldos de los encargados y trabajadores de los edificios, así como la reducción de los aportes patronales.
Así lo confirmaron fuentes oficiales y del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh).
En el Gobierno no especificaron cuántos consorcios recibieron el beneficio del Estado, pero sí confirmaron que, aunque no se trate de empresas o pymes, esas entidades pudieron realizar el trámite para acceder al ATP.
Los beneficios se otorgarán siempre y cuando se hayan cumplido los parámetros establecidos en el decreto 332/2020: que la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no registre una variación superior al 5% respecto del mismo período de 2019.
"Por definición, el ATP es para empleadores, no para empresas. Los propietarios en edificios son empleadores representados por el administrador del consorcio para este tipo de trámites", explicaron fuentes oficiales a LA NACION.
El trámite se realiza a través del sitio de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). "Si se opta por hacerlo, cada consorcio se presenta y, si califica, recibe el beneficio, así viene funcionando", acotaron en Suterh.
En el gremio de trabajadores de edificios agregaron que, además de impactar en los sueldos de los encargados, el auxilio otorgado por el Estado podría redundar en un beneficio adicional para los propietarios, que podrían ver una reducción de las expensas del mes próximo.
Este impacto en el importe de las liquidaciones corresponde solo en los edificios en que las expensas son variables, ajustadas a los gastos del período, y no en los casos que presentan un esquema de expensas fijas.
Cambios
De acuerdo con una resolución emitida esta semana, la Jefatura de Gabinete publicará en un sitio web el listado de empleadores que recibieron el ATP, incluyendo sus CUIT, nombres, actividad y especie de beneficio acordado o cantidad de trabajadores. Esto, ya se trate del salario complementario o de la postergación o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino.
Una vez publicado el listado, los propietarios podrán cotejar la situación de sus edificios.
Tal como publicó LA NACION, tributaristas consideraron que dicha publicación podría incurrir en una violación del secreto fiscal, es decir, de la prohibición de divulgar datos que recibe AFIP. Para el organismo recaudador, en tanto, el hecho no constituye una divulgación de información sensible. En la Casa Rosada aseguraron que la medida responde a un criterio de "transparencia".
Como se informa por separado, el equipo económico evalúa posibles cambios en la forma de repartir el ATP, que podrían llevar a excluir las ayudas a los salarios más altos. El Estado destinó un 12,7% del ATP a sueldos mayores a 67.500 pesos, con contribuciones de hasta $33.750, que constituyen el equivalente a dos salarios mínimos, el tope de la ayuda.
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