Qué necesita la oposición en el Congreso para desplazar a Aníbal Fernández del cargo
Hacer una moción de censura, tal como pretenden varios bloques, requiere la mayoría absoluta de una de las cámaras; luego, hace falta el voto de la mitad más uno de todos los miembros de Diputados y del Senado; distintas posturas entre constitucionalistas
La oposición se ilusiona con inaugurar la actividad del nuevo Congreso en marzo del año próximo con un golpe al corazón del Gobierno: lograr una moción de censura como paso previo a la remoción del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández.
El proyecto empezó a ganar consenso entre los bloques enfrentados con el kirchnerismo en los últimos días, cuando trascendió la decisión de Fernández de incumplir por considerar "inconstitucional" una orden de allanamiento del juez José Sudera en el gremio de los aeronavegantes.
El conflicto se desató cuando Sudera intentó entrar en el gremio y poner en funciones a los miembros de la lista Celeste, que, según la justicia del trabajo, le había ganado las elecciones a la lista Verde, conducida por Ricardo Frecia y que responde a la embajadora en Venezuela, Alicia Castro. Ayer, Fernández volvió a justificar la desobediencia a la orden judicial. Dijo que frenó el allanamiento para evitar "situaciones con heridos o muertos".
La remoción sería posible por una herramienta que tiene su origen en los regímenes parlamentarios y que fue incorporada a la Constitución Nacional con la reforma de 1994 en un intento por atenuar el hiperpresidencialismo del sistema político argentino.
En números. La moción de censura está contemplada en el artículo 101 de la Carta Magna. El proceso para hacerla prosperar tiene dos etapas. La primera consiste en presentar la moción. Para que avance, hace falta el voto afirmativo de la mayoría absoluta de una de las dos cámaras del Congreso, es decir, de 129 legisladores en el caso de la Cámara de Diputados y de 37 en el del Senado.
Una vez aprobada la moción, el Congreso puede votar la remoción, que requiere mayor consenso. Ya no alcanza con la mitad más uno de una de las cámaras, sino que es necesaria la mayoría absoluta de ambas.
Frente a estas exigencias, la oposición cree posible repetir un escenario como el de la sesión del 3 de diciembre en Diputados, cuando reunió 140 votos e impuso su criterio para repartir el poder en la Cámara baja.
El panorama en el Senado aparece más favorable para el kirchnerismo. A partir del recambio, el oficialismo cuenta con 32 votos propios y el apoyo de tres aliados de partidos provinciales. La oposición también suma 35 legisladores propios, por lo que se estima un escenario de paridad. Incluso algunos especulan con la posibilidad de que Julio Cobos tenga que volver a desempatar una votación. ¿Qué haría el vicepresidente si tuviera en sus manos el destino del jefe de Gabinete?
Diferencia. El constitucionalista Daniel Sabsay explicó la diferencia fundamental entre la moción de censura y el juicio político. "La moción no exige causales, no hay una acusación ni una instancia de descargo o defensa, ni hay que probar la comisión de un delito, como sí ocurre en el juicio político. Además, la moción no inhabilita a un funcionario para volver a desempeñarse en la administración pública en el futuro, mientras que el juicio sí contempla la posibilidad de inhabilitar". Y completó: "Es una decisión política sujeta a un juego de mayorías en función de la confianza".
El especialista, cercano a la Coalición Cívica, cuestionó los requisitos parlamentarios necesarios para avanzar con una moción de censura. "Se exigen mayorías absolutas en tres instancias, algo que no existe en ningún otro lugar del mundo. Es una herramienta muy útil, pero tal como se la incorporó, es casi inaplicable", planteó.
Felix Loñ hizo foco en la "gravedad" de las conductas de Fernández que motivaron la búsqueda de consenso en la oposición para removerlo. "Lo que hizo el jefe de Gabinete implica, lisa y llanamente, el desconocimiento de una sentencia y [Fernández] no se quedó en la declamación, sino que la concretó. Que un funcionario desconozca una sentencia destruye el sistema de gobierno", advirtió.
Antes, un juez. A contramano de sus colegas, Eduardo Barcesat opinó que como lo que se le reprocha a Fernández (la desobediencia a la orden de un funcionario) es una figura contemplada por el Código Penal, correspondería que interviniera un juez antes de que el Congreso intentara promover una moción de censura. "La conducta tendría que ser evaluada primero en sede judicial y recién después por el Congreso. Debería existir un pronunciamiento judicial previo a la actuación de los legisladores", consideró.
El proyecto de resolución para que la Cámara de Diputados interpele a Fernández en mérito de una moción de censura fue elaborado por un grupo de legisladores radicales encabezados por el jujeño Miguel Angel Giubergia.
Según pudo reconstruir LA NACION, la iniciativa radical despertó la solidaridad en los principales bloques de la oposición: representantes del Peronismo Federal, de la Coalición Cívica (CC), de Pro y de la centroizquierda se mostraron dispuestos a acompañar la embestida con sus votos en el recinto.
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