Suspendió un juez la aplicación de la ley de medios
La Justicia suspendió la aplicación de dos artículos de la ley de medios audiovisuales que obligan a desprenderse de canales de televisión, radios y señales en el plazo de un año, y sólo autorizan a transferir licencias con la autorización de la nueva Autoridad de Aplicación, que pretende controlar el oficialismo.
Esta medida cautelar, solicitada por el Grupo Clarín (particularmente perjudicado por aquellos artículos), es la primera decisión judicial contra la controvertida ley de medios y fue dictada por el juez civil y comercial federal Edmundo Carbone.
La resolución ya fue notificada a la Jefatura de Gabinete y suspende la aplicación de los artículos 41 y 161 de la ley sancionada en octubre por entender que podrían afectar "en forma retroactiva e inconstitucional" los derechos de propiedad y de industria lícita. La ley intenta cambiar el mapa de los medios audiovisuales en la Argentina, donde operan siete grandes grupos y muchos operadores más pequeños.
El fallo, que es provisional y se descuenta que será apelado por el Gobierno, sostiene que los artículos 41 y 161 de la ley de medios conducen a un "menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita", que la ley 26.522 podría violar en forma retroactiva.
La resolución es un duro revés a la ley 26.522, que fue sancionada por el Congreso nacional en octubre pasado en medio de una dura embestida oficial contra el Grupo Clarín y contra la empresa Papel Prensa, de la que también son accionistas La Nacion y el propio Estado nacional.
El primero de los artículos declara intransferibles las licencias y acciones de empresas de comunicación audiovisual y sólo acepta su venta con la previa autorización de la nueva Autoridad de Aplicación, en la que el oficialismo tiene una mayoría de cinco directores sobre un total de siete.
El artículo 161 fija el exiguo plazo de un año para que los propietarios de medios se adecuen a los límites que establece la ley.
Si la Justicia, en el futuro, confirmase que el artículo 161 es inconstitucional, los grupos de medios no tendrían la obligación de vender (desinvertir), lo que viola el derecho de propiedad sobre las inversiones que hicieron en el sector.
"Posible daño irreparable"
El Grupo Clarín había pedido una medida cautelar para frenar el trámite de sanción de la ley y, luego, cuando la norma fue aprobada, la amplió para solicitar que se declararan inconstitucionales dichas normas.
El juez Carbone dictó la medida ante la posibilidad cierta de que la ley produzca un "daño irreparable".
El grupo empresario alegó ser titular de licencias de radio, televisión abierta y por cable y de varias señales de contenidos (entre las que está TN).
Para el juez, "los artículos en cuestión conducen a un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita" y, citando un fallo de la Corte Suprema, recordó que "si bien el Estado puede reglamentar el derecho de propiedad, el ejercicio de esa facultad no puede conducir a disminuir sustancialmente el valor de una cosa" (en alusión a la pérdida del valor de las licencias).
La intención del Grupo Clarín es que se le reconozca el derecho de propiedad sobre sus empresas en toda su amplitud, que incluye el derecho de explotar y disponer de sus empresas sin que una ley, en forma retroactiva, afecte ese derecho constitucional.
"El contenido del derecho constitucional de propiedad se vincula con la noción de derechos adquiridos, o sea, de derechos definitivamente incorporados al patrimonio de una personal. Y, por otra parte, los artículos 41 y 161 de la ley contrarían el Código Civil, que establece que las leyes no tienen efecto retroactivo y que la eventual retroactividad nunca podrá afectar derechos amparados por garantías constitucionales."
El juez Carbone señala que la empresa en cuestión probó contar con licencias otorgadas con anterioridad a la ley y que están vigentes.
También afirma que "resulta sumamente llamativo que la ley haya sido sancionada, promulgada y publicada en el Boletín Oficial el mismo día, destacando que se trata de un día inhábil para la administración pública, ya que su publicación se produjo el sábado 10 de octubre del corriente año, siendo que tal publicación se edita de lunes a viernes y no se indican las razones del apresuramiento".
Esta semana, el Gobierno ya puso en funcionamiento la Autoridad de Aplicación, con la intención de que comenzara a correr el plazo de un año para obligar a los medios a vender sus empresas.
Claves
- Ley de medios. Fue sancionada por el Congreso en octubre último, sobre la base de un controvertido proyecto de ley del Gobierno.
- Derechos. La ley afecta retroactivamente derechos adquiridos, abrevia los plazos de las licencias, obliga a los grupos de medios a vender empresas en el plazo de un año y crea una autoridad de aplicación (un nuevo Comfer) en la que el Gobierno ya nombró a cinco de los siete integrantes.
- Ataque. Incluso con anterioridad a la sanción de la ley, el Gobierno comenzó a desplegar una embestida contra el Grupo Clarín, primero, y contra Papel Prensa, después. Pero la ley de medios no afecta sólo a aquel grupo sino a muchas otras compañías de medios.
- Una medida cautelar. El juez Carbone dictó una medida cautelar, suspendiendo el plazo de un año para desinvertir, porque –dijo– afectaría el derecho de propiedad.
Más leídas de Política
Relevamientos. La AGN había emitido informes críticos sobre las universidades de Buenos Aires, Tucumán y Formosa
"Lo que te perdiste". Victoria Villarruel apeló a Hebe de Bonafini, que murió hace dos años, para criticar el discurso de Taty Almeida
Qué pasa adentro de la UBA. Las auditorías internas que revelan irregularidades de caja y problemas para los estudiantes